Sobreseyeron a Claudio “Chiqui” Tapia en una causa por presunto lavado de dinero
El fallo alcanzó también a sus hijos Matías e Iván. La investigación se había iniciado por el acuerdo indemnizatorio tras la suspensión del amistoso entre Argentina e Israel en 2018 y por presuntas inconsistencias patrimoniales.
El presidente de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), Claudio “Chiqui” Tapia, fue sobreseído en una causa en la que se investigaba el presunto delito de lavado de activos. La resolución también alcanzó a sus hijos Matías Tapia e Iván Tapia.
La decisión fue dictada por el juez en lo Penal Económico Juan Galván Greenway, con intervención del fiscal Jorge Dhal Rocha, luego de una investigación patrimonial que incluyó informes bancarios, tributarios, registrales y documentación vinculada a bienes inmuebles y vehículos.
La denuncia se había presentado en 2021 y apuntaba, entre otros cosas, al acuerdo indemnizatorio firmado por la suspensión del amistoso entre la Selección argentina e Israel, que debía disputarse en Jerusalén el 9 de junio de 2018. El partido fue cancelado en medio de protestas y advertencias de seguridad.
La investigación patrimonial sobre Tapia
En la causa también se analizaba el crecimiento patrimonial atribuido a Tapia, la compra de inmuebles, vehículos de alta gama y gastos señalados en la denuncia, entre ellos una celebración realizada en el hotel Sofitel de Cardales.
Según surge de la resolución, el análisis de ingresos, gastos y adquisiciones no permitió sostener una imputación por lavado de dinero. En esa línea, la investigación concluyó que los ingresos declarados por Tapia, sumados a un préstamo hipotecario, justificaban la compra de la vivienda y de los automóviles registrados en su entorno familiar.
El fiscal devolvió el expediente al juzgado y pidió el sobreseimiento de los investigados respecto del delito de lavado de activos. También sostuvo que no se habían detectado elementos suficientes para vincular esos bienes con una maniobra ilícita.
Respecto de la hipótesis de administración infiel, el juez dispuso el archivo de las actuaciones: consideró que la denuncia estaba centrada en un hecho puntual -la rescisión del contrato por el partido suspendido- y que no alcanzaba para configurar una maniobra de administración fraudulenta contra la AFA.
Galván Greenway también señaló que no se comprobaron transferencias o giros de dinero vinculados temporalmente con la cancelación del encuentro que permitieran presumir un ingreso irregular a favor de Tapia. Además, sostuvo que la obligación de indemnizar por la suspensión del partido estaba prevista en el contrato.
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