Para que pueda asumir su hermana Karina, Javier Milei modificó un decreto de Mauricio Macri que impedía nombrar familiares en cargos públicos

Esta modificación tiene como objetivo evitar los conflictos de interés y garantizar la transparencia en el funcionamiento del Sector Público Nacional, sin embargo, se exceptúan del mismo, los nombramientos que Milei realice en virtud de "las facultades que le son conferidas por la Constitución".

 

El Gobierno nacional que encabeza Javier Milei dictó este lunes un decreto que modifica uno anterior del expresidente Mauricio Macri que impedía la designación de familiares en el sector público nacional. Por ello, en la víspera, Karina Milei asumió como secretaria General de la Presidencia durante el acto de jura de los ministros que se realizó en el Salón Blanco de la Casa Rosada.
El Decreto 12/2023 de la nueva gestión presidencial, publicado en el Boletín Oficial, plantea la necesidad de «limitar la prohibición establecida mediante el Decreto Nº 93/18 a aquellas designaciones o contrataciones que se efectúen en el marco de las Leyes Nros. 20.744 y 25.164 y del Decreto Nº 1109/17, exceptuándose, de esta manera, los nombramientos que el Presidente de la Nación realiza en virtud de las facultades que le son conferidas por la Constitución».
En tanto, el siguiente decreto, 13/2023, que lleva la firma del presidente Javier Milei y del flamante jefe de Gabinete, Nicolás Posse, designa en el cargo de secretaria General de la Presidencia de la Nación a la hermana del mandatario, Karina Milei.

El decreto 93/2018, firmado por el entonces presidente Mauricio Macri, establecía que «no podrán efectuarse designaciones de personas, bajo cualquier modalidad, en todo el Sector Público Nacional, que tengan algún vínculo de parentesco tanto en línea recta como en línea colateral hasta el segundo grado, con el Presidente y Vicepresidente de la Nación, Jefe de Gabinete de Ministros, Ministros y demás funcionarios con rango y jerarquía de Ministro».

Además, precisaba que quedaban incluidos en la norma el cónyuge y unión convivencial. Esta modificación tiene como objetivo evitar los conflictos de interés y garantizar la transparencia en el funcionamiento del Sector Público Nacional.

En concreto, esta modificación tiene los siguientes efectos:

  • Impide que el Presidente, Vicepresidente, Jefe de Gabinete de Ministros, Ministros y demás funcionarios con rango y jerarquía de Ministro puedan nombrar a sus familiares en cargos públicos, salvo aquellos nombramientos que el Presidente de la Nación realiza en virtud de las facultades que le son conferidas por la Constitución.
  • Evita que se puedan dar casos de nepotismo, es decir, el nombramiento de familiares en cargos públicos por razones de parentesco, sin tener en cuenta los méritos y capacidades de los candidatos.
  • Garantiza que los cargos públicos se ocupen por personas que sean las más capacitadas para desempeñarlos, independientemente de su parentesco con funcionarios públicos.

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