Expropiaciones: el fuero civil blindó al juez Pagés por sus fallos, pero su futuro se define en la vía penal
La Corte confirmó que la Constitución impide demandar a un magistrado por sus sentencias. Sin embargo, la investigación penal ordenada por el Tribunal de la megacausa sigue pendiente de resolución.
En un fallo que sienta un importante precedente sobre las garantías de la función judicial, la Sala II de la Corte de Justicia de San Juan ratificó la desvinculación del camarista civil Roberto Pagés de la demanda entablada por la Fiscalía de Estado. El organismo provincial pretendía que el magistrado respondiera con su patrimonio para recuperar más de 269 mil dólares pagados por el Estado en un proceso de expropiación calificado como irregular.
La resolución —que lleva la firma del ministro Daniel Olivares Yapur, el subrogante Juan Carlos Pérez y la conjueza Olga Pastor— cerró el camino resarcitorio en el expediente “Luna” apoyándose en el artículo 200 de la Constitución Provincial. La norma establece de forma taxativa que los jueces no pueden ser demandados por el contenido de sus sentencias, entendiéndose esta intangibilidad como una protección a la independencia judicial y no como un privilegio personal.
Un blindaje constitucional que no cierra la vía penal
Si bien la justicia civil dejó a salvo a Pagés, el magistrado aún no logra despejar de su horizonte la posibilidad de un proceso penal. Al dictar sentencia en la megacausa de las expropiaciones —donde se condenó a nueve imputados, entre ellos al abogado Santiago Graffigna y al exjuez Carlos Macchi—, el Tribunal de juicio ordenó expresamente que se abra una causa para investigar la conducta de Pagés.
El foco de la sospecha se centra en su actuación al frente de dos expedientes vinculados a terrenos para el dique Cuesta del Viento (“Luna” y “Esquivel”), donde se lo cuestiona por:
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Avalar el “Plenario Luna”: Un criterio del Tribunal de Tasaciones de la Provincia que cambió drásticamente la valuación de terrenos rurales, pasando de cotizarlos por hectárea a pagarlos por metro cuadrado como si fueran urbanos.
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Marginal al Tribunal de Tasaciones: Darle por decaído el derecho a intervenir al organismo técnico en instancias donde su dictamen resultaba obligatorio.
El freno de la Corte y la condición para un nuevo reclamo
Por el momento, la apertura de esa causa penal permanece en suspenso. La Corte de Justicia acaba de conformar una Sala especial de revisión —integrada por los jueces Renato Roca, Esteban De la Torre y Ernesto Escobar— para resolver los recursos presentados por los defensores que buscan anular las condenas principales.
Si este tribunal especial llega a voltear el fallo de la megacausa, la orden de investigar a Pagés decaerá automáticamente. Por el contrario, si la Corte confirma la sentencia condenatoria, la investigación penal se pondrá en marcha de inmediato.
Fuentes judiciales explicaron que la inmunidad civil que hoy beneficia a Pagés solo se perdería ante dos escenarios: su destitución mediante un Jurado de Enjuiciamiento o una condena penal firme. Únicamente si se diera alguno de esos supuestos, el Estado sanjuanino quedaría habilitado para accionar nuevamente por la vía civil y exigir la devolución de los fondos públicos.
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