Dura batalla judicial por el crimen en Marquesado: la Fiscalía admite un “error” en el proceso pero rechaza liberar al condenado

La abogada Filomena Noriega solicitó revocar la sentencia de 12 años de prisión. Argumentó que la ausencia de la pericia psíquica previstacon la ley invalida el proceso. Fiscalía rechazó el planteo y lo consideró un "error subsanable".

El homicidio de Diego Andreoni, el futbolista amateur baleado tras una gresca en un torneo de fútbol en Marquesado, volvió a entrar en el centro del debate judicial. Durante la audiencia de impugnación celebrada este jueves, la defensa de Julio Castro, condenado a 12 años de cárcel por el crimen, solicitó formalmente la nulidad de la sentencia, denunciando la omisión de un peritaje clave establecido por el Código Procesal Penal de San Juan.

Ante el Tribunal de Impugnación —conformado por los jueces Juan Carlos Caballero Vidal, Daniel Guillén y Renato Roca—, la abogada Filomena Noriega fundamentó que el proceso careció del examen mental obligatorio fijado en el artículo 130 de la normativa provincial, el cual debe aplicarse de forma taxativa en causas donde la expectativa de la pena supere los 10 años de prisión.

Noriega alegó que esta falta invalida todo el fallo de primera instancia. De manera complementaria, cuestionó la autoría de los disparos y solicitó la absolución de Castro o, subsidiariamente, que el hecho sea recalificado bajo la figura de exceso en la legítima defensa, argumentando que su defendido también fue víctima de agresiones físicas durante la riña.

La respuesta de la Fiscalía: un error sin nulidad automática

En la vereda opuesta, el fiscal de impugnación Fabrizio Médici rechazó de plano las nulidades pretendidas por la defensa. El funcionario reconoció la inexistencia del examen mental en el expediente, pero aseguró que se trató de un “error involuntario” que puede subsanarse incorporando la prueba de manera posterior, sin necesidad de tumbar todo el juicio.

Médici respaldó su postura citando antecedentes de tribunales superiores y de la Corte de Justicia, los cuales determinaron en fallos previos que la omisión de dicha pericia no acarrea una nulidad automática del veredicto si no se demuestra un perjuicio directo e irreparable en el derecho de defensa.

El crimen en las canchas de fútbol

Julio Castro fue condenado por unanimidad en abril pasado por el delito de homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego. La resolución fue dictada por el tribunal integrado por los magistrados Mabel Moya, Javier Figuerola y Guillermo Adárvez, quienes le impusieron una pena de 12 años (tres menos de los 15 solicitados inicialmente por la fiscalía de instrucción).

El hecho: El trágico suceso ocurrió el 15 de marzo de 2025 en el complejo deportivo “Coralli”, en el departamento Rivadavia. Tras una violenta discusión al finalizar un partido de fútbol amateur, Andreoni recibió impactos de bala que le causaron heridas de extrema gravedad. Tras permanecer casi dos semanas internado, sufrir la amputación de una de sus piernas y pasar por terapia intensiva, el deportista falleció el 27 de marzo de ese mismo año. Aunque el arma de fuego nunca pudo ser recuperada por los investigadores, el testimonio de múltiples testigos que divisaron a Castro manipulando un elemento compatible con una pistola resultó determinante para fundar la condena en su contra.

POR LIC. EUGENIA VILA

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