
El Gobierno Nacional implementó una nueva reglamentación que establece cómo los Clubes de Barrio y de Pueblo podrán gestionar los subsidios en electricidad y gas por redes. A partir de ahora, todas las solicitudes deberán realizarse exclusivamente a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD).
La normativa introduce un doble registro obligatorio: las instituciones deben estar inscriptas en el Registro Nacional de Clubes de Barrio y de Pueblo, administrado por la Subsecretaría de Deportes de la Nación, y también validar su condición en el Registro de Beneficiarios – Clubes de Barrio Res. SE 992/21, dependiente de la Secretaría de Energía.
Para los clubes que ya reciben el beneficio, se fijó un plazo de 90 días para el reempadronamiento mediante el nuevo sistema, con el objetivo de garantizar la continuidad del subsidio.
La reglamentación ratifica los criterios de la Ley Nacional N° 27.098, que exige que los clubes sean asociaciones civiles sin fines de lucro, cuenten con personería jurídica vigente, tengan al menos tres años de antigüedad, reúnan entre 50 y 2.000 socios, y promuevan actividades deportivas, educativas y culturales no profesionales.
En San Juan, el Ente Provincial Regulador de la Electricidad (EPRE), junto con la Secretaría de Deportes provincial, será responsable de elevar a la Nación el listado de clubes que cumplan con los requisitos. Una vez aprobadas, las distribuidoras Naturgy San Juan S.A. y D.E.C.S.A. deberán aplicar la tarifa diferencial correspondiente a las instituciones incluidas en el registro oficial.
POR LIC. EUGENIA VILA
Los comentarios están cerrados.