La Cámara Federal de Casación Penal resolvió ampliar la participación del Ministerio Público Fiscal en el juicio por el hundimiento del submarino ARA San Juan al dejar sin efecto una restricción que permitía actuar únicamente a dos fiscales durante las audiencias. La decisión, adoptada por unanimidad, implica un cambio en la dinámica del proceso que se desarrolla en Santa Cruz.
El fallo hizo lugar al planteo presentado por la fiscalía, que había cuestionado la resolución del Tribunal Oral Federal interviniente por considerar que limitaba sin fundamento legal la actuación de los representantes del Ministerio Público. En ese sentido, Casación entendió que no existe norma que impida la intervención de más de dos fiscales en un juicio oral, especialmente en causas de alta complejidad.
Los jueces remarcaron que la legislación vigente permite conformar equipos de trabajo más amplios cuando la magnitud del caso lo justifica. Además, descartaron que esta modalidad afecte el equilibrio entre las partes, al sostener que la garantía de defensa no depende de la cantidad de acusadores sino de las condiciones en que los imputados pueden ejercer sus derechos.
Otro de los puntos objetados fue la exigencia de que solo pudieran alegar aquellos fiscales que hubieran estado presentes en todas las audiencias, una condición que también fue considerada infundada por el tribunal superior. Según el fallo, esta restricción vulneraba la autonomía del Ministerio Público para organizar su estrategia de intervención.
Con esta resolución, el tribunal que lleva adelante el juicio deberá permitir la participación de los cuatro fiscales designados para el caso, en el que se investiga la responsabilidad de exautoridades de la Armada Argentina por el hundimiento del submarino ocurrido en noviembre de 2017.
La causa busca determinar eventuales responsabilidades en la tragedia que terminó con la vida de los 44 tripulantes del ARA San Juan, entre ellos tres oriundos de San Juan, y que conmocionó al país. En el banquillo se encuentran ex altos mandos acusados de incumplimiento de deberes y negligencia en el manejo de la embarcación.
Rivero. C
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