Cambios en el Monotributo de ARCA para septiembre 2026: nuevo calendario de pagos y escala de cuotas

Los importes que rigen desde agosto modificaron los valores del régimen y ya definen cuánto deberán afrontar los pequeños contribuyentes.

  • La inscripción al régimen simplificado alcanza a miles de trabajadores independientes y pequeños emprendimientos de todo el país.

La inscripción al régimen simplificado alcanza a miles de trabajadores independientes y pequeños emprendimientos de todo el país.

El Monotributo tendrá durante septiembre un nuevo esquema de importes que alcanza a todas las categorías del régimen simplificado. Los valores que deben tener en cuenta los contribuyentes son los que rigen desde el 1° de agosto de 2026, según la actualización publicada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

A diferencia de otros impuestos nacionales, la obligación mensual del Monotributo mantiene una fecha general para todos los inscriptos, sin diferencias según el último número del CUIT. En septiembre, el vencimiento se trasladará al lunes 21, ya que el día 20 cae domingo.

Cuándo vence el pago del Monotributo en septiembre 2026

El pago mensual correspondiente a septiembre de 2026 vencerá el lunes 21 de septiembre. La fecha alcanza a todas las categorías y a todas las terminaciones de CUIT. El motivo del corrimiento es que el vencimiento habitual del día 20 coincide este mes con un domingo.

El importe mensual reúne los distintos componentes del régimen: impuesto integrado, aporte al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y obra social, cuando corresponda. La composición puede cambiar según la situación particular del contribuyente y las excepciones previstas por ARCA.

Los nuevos valores no fueron fijados específicamente para septiembre, sino que forman parte de la actualización que comenzó a regir el 1° de agosto y se mantiene durante el período correspondiente. ARCA publicó las nuevas escalas junto con los topes de ingresos y otros parámetros que sirven para determinar la categoría.

Escala completa de montos: cuánto hay que pagar según la categoría

Los importes oficiales vigentes desde agosto de 2026 contemplan diferencias entre quienes realizan servicios y quienes se dedican a la venta de cosas muebles. La escala queda de la siguiente manera:

  • Categoría A: $49.527,18 mensuales, tanto para servicios como para venta de cosas muebles
  • Categoría B: $56.379,08 mensuales, tanto para servicios como para venta de cosas muebles
  • Categoría C: $66.020,12 para servicios y $64.530,58 para venta de cosas muebles
  • Categoría D: $84.612,93 para servicios y $82.564,81 para venta de cosas muebles
  • Categoría E: $119.811,45 para servicios y $108.267,51 para venta de cosas muebles
  • Categoría F: $150.784,21 para servicios y $129.930,65 para venta de cosas muebles
  • Categoría G: $230.312,94 para servicios y $158.815,05 para venta de cosas muebles
  • Categoría H: $522.706,68 para servicios y $317.895,01 para venta de cosas muebles
  • Categoría I: $963.747,86 para servicios y $474.992,78 para venta de cosas muebles
  • Categoría J: $1.167.299,76 para servicios y $580.793,69 para venta de cosas muebles
  • Categoría K: $1.614.446,04 para servicios y $702.103,24 para venta de cosas muebles

La diferencia entre ambas actividades aparece a partir de la categoría C y se vuelve mucho más marcada en los niveles superiores. En el caso de los servicios, la categoría K llega a superar los $1,6 millones mensuales, mientras que para la venta de bienes el importe máximo se ubica por encima de los $700.000.

Además de la cuota mensual, cada categoría tiene un límite de ingresos brutos anual que debe ser respetado para permanecer dentro del régimen. Por ejemplo, la categoría A contempla un tope anual de $12.009.410,45, mientras que la categoría K llega hasta $126.610.838,75.

Estos parámetros son relevantes al momento de revisar la situación fiscal. Si los ingresos, alquileres u otros indicadores superan los valores establecidos para una categoría, puede corresponder una recategorización.

Medios y canales de pago habilitados por ARCA

Los monotributistas cuentan con distintas alternativas para cancelar la obligación mensual. Una de ellas es el débito automático en cuenta bancaria, al que se puede adherir informando la CBU correspondiente. Otra posibilidad consiste en generar un Volante Electrónico de Pago (VEP) desde los servicios de ARCA. Una vez generado, el contribuyente puede abonarlo mediante los canales electrónicos habilitados.

También existen alternativas mediante homebanking y billeteras virtuales, según las opciones disponibles para cada tipo de operación. El pago electrónico permite realizar el trámite sin necesidad de acudir presencialmente a una dependencia.

Para quienes prefieren automatizar la obligación, el débito automático puede ser una alternativa para evitar olvidos y cumplir con el calendario mensual. Antes de confirmar cualquier operación, igualmente conviene comprobar que el importe corresponda a la categoría registrada y al período que se desea cancelar.

En caso de tener cuotas vencidas, el contribuyente puede consultar su estado de cuenta a través de los servicios digitales de ARCA y verificar si existen intereses o saldos pendientes.

Por:Morena Castro

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