Eliminaron el Impuesto a la Transferencia de Inmuebles
La supresión del ITI rige para las adquisiciones efectuadas antes del 1/1/2018. No habrá retroactividad del impuesto cedular para las personas humanas.
La Derogación del ITI es de aplicación total e inmediata
El Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires emitió un comunicado donde indicó que «la Derogación del ITI es de aplicación total e inmediata».
«Con la publicación de la Ley 27.743 de “Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes” o “paquete fiscal” en el Boletín Oficial, se derogó -con vigencia a partir de las 0 horas del día de hoy, lunes 8 de julio de 2024- la Ley 23.905, que regulaba el Impuesto a la Transferencia de Bienes Inmuebles de Personas Físicas y Sucesiones Indivisas», señala el comunicado y aclara que «no hay retroactividad del impuesto cedular para las personas humanas, dado que la reforma de finales de 2017 así lo dispuso».
Los propiedades que fueron vendidos después del 1 de enero de 2018 seguirán tributando el impuesto cedular (15% de Ganancias sobre el resultado de la venta menos el costo actualizado).
La Ley Bases incluye la declaración de la emergencia pública, la reforma del Estado, las privatizaciones de las empresas y sociedades de propiedad total o mayoritaria estatales, entre otras medidas. Se publicó hoy en el Boletín oficial, lo que ya la habilita a entrar en vigencia.
Fuente: Ámbito
Rivero. C
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