Reforma judicial en San Juan: buscan aplicar un esquema penal juvenil de transición con foco en vías alternativas

La Corte de Justicia provincial envió a la Cámara de Diputados un proyecto para regular el proceso penal en menores de edad hasta la llegada de un nuevo sistema acusatorio; la norma contempla la resolución anticipada de conflictos y procedimientos abreviados.

La Corte de Justicia de San Juan presentó ante la Cámara de Diputados un proyecto de ley para establecer un régimen complementario y provisorio para el proceso penal juvenil. La iniciativa responde a la entrada en vigencia del nuevo marco nacional fijado por la Ley 27.801, aprobada tras la derogación del antiguo esquema procesal de la minoridad. Con esta propuesta, la provincia busca cubrir el período de transición mientras avanza en la adecuación definitiva de su legislación hacia un sistema acusatorio adversarial.

El planteo técnico elevado por los ministros del máximo tribunal advierte que el esquema procesal vigente en la provincia (Ley 754-O) responde a un modelo inquisitivo que requiere ajustes urgentes. Por este motivo, el texto ingresado fija de manera explícita su carácter transitorio y de aplicación complementaria, manteniendo su vigencia hasta que la Legislatura sancione el código definitivo adaptado a los lineamientos nacionales.

Soluciones alternativas para evitar el debate oral

El núcleo de la reforma propone cuatro mecanismos de resolución para evitar la instancia de juicio tradicional, los cuales podrán ser solicitados por la fiscalía, la defensa o dictaminados de oficio:

  • Conciliación: orientada a delitos patrimoniales cometidos sin violencia grave o hechos culposos sin lesiones gravísimas ni víctimas fatales. Excluye causas con penas máximas superiores a seis años de prisión y delitos contra la integridad sexual, la vida o el orden constitucional. Su cumplimiento extingue la acción penal.

  • Reparación integral del perjuicio: aplicable a contravenciones y delitos específicos como lesiones leves, hurto, robo simple, estafas, usura, daño y encubrimiento. Tras evaluar la capacidad de cumplimiento del imputado y concretarse la restitución, el juez dictará el sobreseimiento definitivo.

  • Suspensión del juicio a prueba (probation): habilitada desde la indagatoria hasta el inicio del debate. Exige una audiencia con todas las partes y fija un plazo de suspensión con reglas de conducta bajo la supervisión de un equipo técnico. El cumplimiento de las pautas extingue la causa penal.

  • Juicio abreviado: utilizable en delitos de acción pública mediante un acuerdo escrito entre la fiscalía, el imputado, su defensa y el Asesor Penal. Exige la conformidad sobre el hecho y la calificación legal, impidiendo que el juez imponga una pena mayor a la solicitada por el fiscal. En caso de ser rechazado por el magistrado, las admisiones previas del adolescente no podrán ser usadas en su contra.

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