Condenan a una mujer por estafar a seis personas con falsas ventas de garrafas por Facebook
La acusada recibió tres años de prisión condicional tras admitir que engañó a seis compradores mediante publicaciones en redes sociales. La maniobra ocasionó pérdidas por más de $1,9 millones.
Una mujer de 30 años fue condenada a tres años de prisión de ejecución condicional luego de reconocer que cometió seis estafas utilizando falsas publicaciones de venta de garrafas de gas en Facebook y Marketplace. La maniobra delictiva se desarrolló entre abril y septiembre de 2024 y provocó un perjuicio económico superior a los $1,9 millones.
La sentencia fue dictada a través de un juicio abreviado, en el que la imputada admitió su responsabilidad. La investigación estuvo a cargo de la Unidad Fiscal de Delitos Informáticos y Estafas.
De acuerdo con la causa, la mujer ofrecía garrafas de gas en redes sociales bajo el nombre de una supuesta empresa denominada “Juan Gas”. Los interesados se contactaban por WhatsApp, donde acordaban la compra y una presunta entrega a domicilio.
Una vez pactada la operación, las víctimas debían transferir el dinero a cuentas bancarias o billeteras virtuales a nombre de terceros. Sin embargo, tras recibir el pago, la acusada dejaba de responder los mensajes y nunca concretaba la entrega del producto.
La investigación reveló que, en varios casos, las víctimas fueron convencidas de realizar más de una transferencia mediante distintas excusas. Incluso, en uno de los hechos la estafadora realizó una videollamada para generar confianza y obtener nuevos pagos, mientras que en otro logró efectuar un débito automático desde la cuenta bancaria del damnificado.
Las pérdidas económicas sufridas por las seis víctimas oscilaron entre los $60.000 y los $760.000.
Los investigadores lograron establecer que todas las denuncias respondían a un mismo modus operandi y unificaron los expedientes. A través del análisis de líneas telefónicas se determinó que un mismo dispositivo era utilizado para operar distintas cuentas, algunas registradas a nombre de la imputada y otras dadas de alta en diferentes provincias para dificultar su identificación.
Además, la geolocalización del teléfono ubicó reiteradamente el equipo en las inmediaciones del domicilio de la acusada. El seguimiento de las transferencias bancarias y los movimientos en billeteras virtuales permitió reconstruir el recorrido del dinero y comprobar que las cuentas receptoras pertenecían a personas de su entorno. Una de ellas, además, estaba vinculada a un correo electrónico de titularidad de la condenada, prueba que resultó determinante para acreditar su participación.
Finalmente, el juez Mario Guillermo Adárvez Camacho la declaró culpable del delito de estafa, en seis hechos, en concurso real y en calidad de autora, imponiéndole una pena de tres años de prisión de ejecución condicional.
Como parte de la condena, la mujer deberá fijar domicilio, someterse al control del Patronato de Liberados, abstenerse del consumo de estupefacientes y del abuso de bebidas alcohólicas, y mantener una actividad laboral u oficio acorde con sus capacidades durante el plazo de la condena.
Op: Juan Llarena
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