Este jueves tratarán el Presupuesto en el recinto

La Cámara de Diputados de San Juan celebrará este jueves 19 de diciembre la Decimoséptima Sesión del periodo ordinario, en cuyo transcurso pondrán a consideración el proyecto de Ley de Presupuesto de la Administración Pública Provincial Ejercicio Fiscal año 2025. La cita es a las 9 horas de la mañana.

Asimismo, darán tratamiento a los proyectos de Ley remitidos por el Poder Ejecutivo que proponen la aprobación de la Ley Impositiva para el año fiscal 2025 y las modificaciones de la Ley nº 151-I Código Tributario de la Provincia.

También, el cuerpo legislativo someterá a votación la ratificación dos convenios referidos a la Asistencia y Cooperación recíproca, por un lado, entre el Ministerio de Salud y la Asociación Civil Sanjuanina de Cirujanos; y por otro lado, entre el Ministerio antes mencionado y la Empresa Glencore Pachón S.A.

Del mismo modo, abordará el convenio de cesión y afectación de inmueble, Edificio 9 de Julio, suscripto entre el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial de la provincia de San Juan.

Además, la Legislatura tratará los proyectos de Ley que proponen: instituir el Premio Anual Cámara de Diputados San Juan a las personas físicas y jurídicas que trabajen a favor de la inclusión social de las personas con discapacidad; modificar la Ley N° 360-A, Creación del Colegio de Fonoaudiólogos y Ejercicio Profesional; e imponer el nombre «Felipa Rojas», a la escuela de Educación Especial Múltiple, departamento Iglesia.

Por último, el cuerpo parlamentario pondrá a consideración los siguientes proyectos de Resolución que proponen declarar de interés: el libro «Cimiento de una Historia: La Historia de Ullum» de Pedro Saturnino Marchán; la 15ª edición de la Navidad Criolla; el 3°Festival de Doma y Folclore El Jarillal 2025; el 15° Festival Navideño de Doma y Folclore Tudcum 2024; y las “Peñas de La Familia».

Cabe señalar que durante la sesión se designarán los diputados que integrarán la Comisión Permanente, de acuerdo al artículo 172 de la Constitución Provincial.

 

DESPACHOS DE COMISIONES

 PRESUPUESTO 2025

Tras el correspondiente tratamiento en las comisiones de LAC y Hacienda y Presupuesto, los legisladores someterán a votación el proyecto de Ley del Poder Ejecutivo que propone aprobar el Presupuesto de la Administración Pública Provincial Ejercicio Fiscal año 2025.

Cabe señalar que se fija en la suma de Dos Billones Trescientos Cuarenta y Siete Mil Cuatrocientos Setenta y Cinco Millones Doscientos Cincuenta y Un Mil pesos ($2.347.475.251.000) el Total de Erogaciones del Presupuesto General de la Administración Pública Provincial (Administración Central, Poderes Legislativo y Judicial y Organismos Descentralizados) y Dieciocho Mil Cincuenta Y Seis Millones Treinta Y Seis Mil pesos($18.056.036.000).

En este en el proyecto, se contempla lo siguiente para el Gasto Público:

  • Se corresponde a Gastos Corrientes la suma de $ 2.008.115.583.000 y Gastos de Capital por $ 339.359.668.000 representando el 85,54% y 14,46% respectivamente. Respecto del Gasto Corriente, el gasto de mayor relevancia es el que permitirán afrontar los pagos de Salarios a los niveles proyectados a diciembre de 2024. (Remuneraciones $ 1.199.236.582.000/ Obligaciones Derivadas de Pensiones $ 3.315.395.000/ Transferencias a Establecimientos Educativos de Gestión Privada $88.741.049.000 )
  • El Gasto de Capital que proyecta para el ejercicio 2025, será financiado mayormente con el uso de fuentes de financiamiento de la Provincia. Ésta decisión del Gobierno provincial de sostener la inversión pública mayormente financiada con ahorro económico contrasta fuertemente con la que se proyecta en el Presupuesto Nacional 2025, que muestra una fuerte caída en los recursos reales que se estiman invertir en nuestra Provincia. Sin perjuicio de ello, debe señalarse que complementan el cuadro de financiamiento de dicho gasto de capital diversas fuentes específicas de uso del crédito público que cofinancian la ejecución de proyectos de infraestructura en términos de inversión.

 Destinos del Gasto Público

Los destinos del gasto público son las diversas áreas o actividades en las que el gobierno emplea los recursos financieros que recauda, ya sea a través de impuestos, tasas u otros ingresos. Cada uno de estos destinos busca contribuir al bienestar social, al desarrollo económico y a la infraestructura de la Provincia, influyendo directamente en la calidad de vida de los ciudadanos. La planificación y ejecución del gasto público son fundamentales para alcanzar los objetivos de desarrollo de la provincia. A continuación, se presentan algunas categorías del gasto público:

Seguridad:

Se efectuarán con el objetivo de modernizar al sistema de seguridad, incorporando tecnología de última generación para el proceso de prevención y contención del delito. El plan de gobierno en materia de seguridad para el año 2025, estará enfocado en tres pilares fundamentales: innovación tecnológica, Infraestructura y capacitación.

Asimismo, se destacan la proyección de las siguientes obras:

  • Construcción de una nueva unidad penitenciaria Unidad N° 6, un Centro de Monitoreo y un nuevo ingreso y requisa para las Unidades N° 1 y 5.
  • Construcción del Centro de Entrenamiento de la Escuela de Instrucción Policial.
  • Culminación con las construcciones de la Comisaría Sierras de Marquesado, en el Departamento de Rivadavia, Comisaría 21° en el Departamento de Jáchal, Comisaría 8° en el Departamento Sarmiento y reactivación de la Unidad Operativa San Isidro, en el Departamento San Martín.

 

Policía Interior (Incluye Policía de San Juan) $ 148.505.078.000 74,29%

Reclusión y Corrección (Servicio Penitenciario Prov.) $ 42.332.265.000 21,18%

Seguridad sin Discriminar $ 9.052.382.000 4,53%

TOTAL (Finalidad Seguridad) $ 199.889.725.000 100,00%

 

Sostenimiento de las Acciones Sociales

En el área Salud, se continuará con el desarrollo del Plan Estratégico, basado en un diagnóstico pormenorizado del sistema de salud público, que tiene como objetivo fundamental mejorar el acceso y la calidad del servicio de salud en función de las necesidades de los sanjuaninos. A partir del citado plan, se continuará con el fortalecimiento y puesta en valor del sistema de salud, a fin de generar la maximización de su capacidad de contención de la población provincial y conducir a un sistema más accesible, mejor regulado, con servicios de calidad y más equitativo, en todas sus dimensiones, con una serie de políticas y acciones concretas en materia de salud para el ario 2025.

En el ámbito de Vivienda cabe destacar que ante el contexto económico actual que atraviesa el país, y debido a la eliminación de todo aporte por parte del Gobierno Nacional a la construcción de viviendas, las cuales eran financiadas por la Secretaria de Vivienda y Hábitat de la Nación, el Gobierno de la Provincia de San Juan prevé culminar la construcción de esas viviendas con fondos propios como así también iniciar la construcción de nuevos barrios y finalizar los que ya se encuentran en ejecución. Es por esto que para el año 2025 y 2026 se prevé culminar con todas las obras en curso, las que ascienden aproximadamente a unas 2.970 viviendas, y empezar la ejecución de unas 200 nuevas soluciones habitacionales.

También sigue en ejecución el desarrollo del loteo «Valle del Sol» los que representan 930 lotes con servicios, los que serán destinados a futuros adjudicatarios que deseen construir su propia vivienda.

Asimismo, la Asistencia Financiera para la construcción individual de viviendas, por parte de quienes posean un terreno a su nombre, se calcula que serán financiadas un total de 280 nuevas construcciones además de continuar con la financiación de las que se encuentran en ejecución. Cabe destacar, que se logró reactivar todas las obras que se encontraban en ejecución: 47 barrios en diciembre del 2023, de los cuales se entregaron 13 barrios, lo que equivalen a 1012 viviendas en el año 2024, logrando la continuidad de trabajo a las empresas que las llevan e indirectamente al sector de empleados que son necesarios para llevar a cabo estos trabajos, profesionales, albañiles, especialistas de la construcción, a poder conservar sus puestos de trabajo.

En cuanto a las políticas de familia y desarrollo humano, es relevante destacar las acciones que se desarrollarán en las siguientes áreas tendientes a fortalecerlas:

  • Área de Consumos Problemáticos: se pondrá en ejecución el Plan Estratégico provincial de prevención y lucha contra los consumos problemáticos con el fin de brindar contención de manera integral.
  • Área de Asistencia en Salud para los que carecen de cobertura social.
  • Área Asistencia Alimentaria, asegurando diferentes planes nutricionales.
  • Área Economía Social impulsando la inserción laboral.
  • Área de Discapacidad, fortaleciendo las diferentes políticas de inclusión.
  • Operativos Integrales: se continuará con los mismos, a través de los cuales tienen como objetivo, acercar todas las prestaciones del Centro Cívico a todos los rincones de la Provincia.
  • Adultos Mayores: se llevará a cabo acciones tendientes a proteger la ancianidad y la calidad de vida de nuestros mayores.

En el ámbito educativo, se continuarán y fortalecerán las políticas educativas, destacándose:

  • Plan «Comprendo y Aprendo» que tienen los siguientes objetivos:
    1. El fortalecimiento de las prácticas de enseñanza y aprendizaje de la lectura y escritura en todos los niveles y modalidades educativas, considerando a la alfabetización como un proceso continuo, progresivo, consciente e integral.
    2. Profundizar en los conocimientos sobre los procesos de alfabetización, haciendo foco en la lectura y escritura, la comprensión lectora y la cultura discursiva, para fortalecer las trayectorias escolares de todos los niveles y modalidades.
    3. Realizar acciones de acompañamiento, monitoreo y evaluación del plan de alfabetización de la política jurisdiccional, que lleven a la mejora por medio de una retroalimentación continua en la calidad de los procesos de aprendizaje, mediante instancias y dispositivos que indiquen logros a corto, mediano y largo plazo.
    4. Involucrar a las familias ya la sociedad en el compromiso por la alfabetización.
  • «Transformar la Secundaria» que tiene el objetivo de promover comunidades de aprendizajes en red a través de la formación en: Lengua, Matemática, Tecnologías y Educación Digital orientada a ABP (Aprendizaje Basado en Proyectos), como así también el acompañamiento a las trayectorias escolares para encauzar los proyectos de vida de los estudiantes sanjuaninos.

Para el próximo Ejercicio las acciones sociales relativas a salud, educación, cultura y asistencia social, que conforman los Servicios Sociales, alcanzan en conjunto la suma de $ 1.290.798.424.000.

A continuación, se desagregan las principales funciones a las que se destina prioritariamente la inversión pública provincial para el próximo Ejercicio, en la finalidad Servicios Sociales 2025:

    • Salud $ 404.680.262.000- 31,35%
    • Promoción y asistencia social 89.402.555.000 – 6,93%
    • Educación y cultura $ 644.732.959.000 – 49,95%
    • Deportes y recreación 13387.904.000- 1,04%
    • Agua potable, Desagüe, Alcantarillado 30.804.012.000- 2,39%
    • Vivienda y urbanismo $ 104.582.029.000- 8,10%
    • Servicios sociales sin discriminar (Ciencia y Técnica, Trabajo y Otros) 3.208.703.000 – 0,32%

TOTAL (Finalidad Servicios Sociales) $ 1.290.798.424.000- 100%

 LEY IMPOSITIVA AÑO FISCAL 2025

Con despacho favorables de las comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales y Hacienda y Presupuesto, la Cámara de Diputados tratará en el recinto el Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, mediante mensaje Nº 62, por la que presenta Ley Impositiva para el año fiscal 2025.

Es importante señalar que esta normativa constituye un pilar fundamental en la planificación presupuestaria, ya que define las alícuotas, mínimos, exenciones y demás aspectos normativos aplicables a los tributos provinciales.

En esta ocasión, el proyecto de ley contempla:

  • Actualización de Alícuotas: con el objetivo de sostener la recaudación provincial sin afectar significativamente la capacidad contributiva de los ciudadanos y las empresas.
  • Justicia Tributaria: Ajustes en las exenciones y tratamientos especiales, priorizando a los sectores más vulnerables y a las pequeñas y medianas empresas.
  • Simplificación Administrativa: Unificación de criterios y procedimientos para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

Cabe destacar que el proyecto fue elaborado bajo un enfoque participativo, considerando los aportes de diversas áreas de gobierno y con el propósito de alcanzar un equilibrio entre las necesidades fiscales del Estado y las capacidades de los contribuyentes.

MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO TRIBUTARIO DE LA PROVINCIA

Con despacho favorable de las comisiones de LAC y Hacienda y Presupuesto, el cuerpo parlamentario pondrá a consideración el proyecto de Ley del Ejecutivo que proponen modificar la Ley N° 151-I, Código Tributario de la Provincia.

Cabe señalar que esta propuesta, de acuerdo a los fundamentos presentados, busca actualizar y optimizar el marco normativo actual, pensado con una mirada de futuro, con el compromiso de construir un sistema fiscal más justo, eficiente, transparente y alineado con las necesidades y desafíos de la economía globalizada y digital del siglo XXI.

El Código Tributario es la piedra angular que regula las relaciones entre el Estado y los contribuyentes en materia fiscal. Es la herramienta que permite al gobierno cumplir con su rol de financiamiento de los servicios públicos esenciales, pero también es el mecanismo a través del cual los derechos de los contribuyentes deben ser protegidos, garantizando los principios tributarios constitucionales de legalidad, igualdad, proporcionalidad, no confiscatoriedad, capacidad contributiva, territorialidad, certeza y generalidad.

CONVENIOS ENTRE DIVERSAS INSTITUCIONES

Por otro lado, el cuerpo legislativo definirá si ratifica los siguientes acuerdos firmados:

  • Convenio Marco de Asistencia y Cooperación recíproca suscripto entre el Ministerio de Salud y la Asociación Civil Sanjuanina de Cirujanos, cuya finalidad es prestar recíproca asistencia y cooperación.
  • Convenio Marco de Asistencia y Cooperación suscripto entre el Ministerio de Salud de la provincia de San Juan y la Empresa Glencore Pachón S.A.
  • Convenio de cesión y afectación de inmueble, Edificio 9 de Julio, suscripto entre el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial de la provincia de San Juan.

 PREMIO A FAVOR DE LA INCLUSIÓN SOCIAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Con despacho de las comisiones de LAC y Salud y Discapacidad, la Legislatura someterá a votación el Proyecto de Ley presentado por el bloque Bloquista por el que instituye el Premio Anual Cámara de Diputados San Juan a las personas físicas y jurídicas que trabajen a favor de la inclusión social de las personas con discapacidad.

El artículo segundo establece que la organización, selección y entrega del premio, está a cargo de la Cámara de Diputados de la Provincia.

Por otra parte, el artículo tercero define que “El premio consiste en un Diploma, que se entrega anualmente a:

  • Personas jurídicas: tres (3) distinciones.
  • Personas físicas: tres (3) distinciones.

Cabe señalar que, según la propuesta, el proceso de selección se realiza conforme a las siguientes normas:

  1. Las postulaciones pueden hacerse hasta 90 días corridos antes de la fecha de premiación.
  2. Cada postulación debe contar con el aval de al menos cinco (5) Diputados.
  3. Cada Diputado puede dar su apoyo personal.
  4. Las postulaciones deben estar acompañadas con una fundamentación que reconozca el trabajo y los resultados obtenidos, con documentación respaldatoria.
  5. Se debe informan al Presidente Nato de la Cámara de Diputados, los nombres de los seleccionados a fin de que el mismo ordene la confección de los Diplomas.
  6. Se establece como fecha de premiación y entrega del diploma, el 3 de diciembre de cada año: «Día Internacional de las Personas con Discapacidad.»
  7. El gasto que demande anualmente el cumplimiento de este homenaje se imputa a la partida de gastos generales de la Cámara de Diputados.

Asimismo, el artículo quinto establece que la Cámara de Diputados debe dar difusión de las instituciones y personas distinguidas anualmente, demostrando las acciones que realizan en favor de la inclusión social de las personas con discapacidad.

 MODIFICACIÓN DE LA LEY DEL COLEGIO DE FONOAUDIÓLOGOS

Tras despacho favorables de las comisiones de LAC y Salud y Discapacidad, los legisladores pondrán a consideración el Proyecto de Ley presentado por el bloque Justicialista por el que se modifica la Ley N° 360-A, Creación del Colegio de Fonoaudiólogos y Ejercicio Profesional.

En este sentido, se propone la sustitución del texto de los artículos 34, 35, 36, 38 y 39 por los siguientes:

«ARTÍCULO 34.-  Para ejercer la Fonoaudiología y sus distintos niveles de perfeccionamientos se requiere: Poseer Título habilitante de grado de fonoaudiólogo, licenciado en fonoaudiología, licenciado fonoaudiólogo, expedido por Universidad Nacional Argentina o Universidad Privada o título expedido por Universidad extranjera, debidamente convalidado o revalidado en el país. Estar inscripto en el Colegio creado por esta Ley. No encontrarse suspendido en el ejercicio de su actividad por autoridad competente.»

«ARTÍCULO 35.-  Se considera ejercicio profesional de la fonoaudiología a las siguientes actividades: promoción, prevención, estudio, exploración e investigación, a través de técnicas específicas fonoaudiológicas que permitan el diagnóstico, pronóstico, seguimiento, tratamiento, recuperación, conservación de las áreas de: lenguaje, habla, audición, voz, fonoestomatología, entendida como funciones orales de succión, masticación, sorbición y deglución. A los fines de desarrollar las funciones que sustentan la comunicación y lenguaje.»

«ARTÍCULO 36.-  La enmarcación de las actividades previstas en la presente Ley no excluye la incorporación de nuevas áreas y actividades o especialidades que sean reconocidas por la autoridad competente como propios del campo profesional reconocidas del título habilitante de fonoaudiología. Quienes aborden tales nuevas áreas o especialidades, deberán acreditar su adecuada formación para las mismas mediante estudios de post-grado en organismos reconocidos, respetando las incumbencias profesionales.»

«ARTÍCULO 38.-  Incumbencias profesionales. El profesional de la fonoaudiología que cumple con las condiciones establecidas en el Artículo 34, se encuentra habilitado para desempeñarse en:

    1. Asistencia a los profesionales de la voz, para su capacitación en los aspectos técnicos (maestros, profesores, actores, locutores, cantantes, etc.).
    2. Asesoramiento en el ámbito docente, sobre los trastornos de la voz, audición, habla, lenguaje y aprendizaje escolar y su profilaxis.
    3. Asesoramiento sobre la problemática de la audición y requisitos para la seguridad en los ámbitos que se consideren insalubres desde el punto de vista de la audición.
    4. Detección de la sordera desde el nacimiento.
    5. Detección de las alteraciones del lenguaje y audición en el ingreso a la escolaridad pre-primaria, primaria, secundaria, terciaria y universitaria.
    6. Detección de los problemas de voz en el ingreso a la docencia.
    7. Impartir educación fonoaudiológica en las distintas áreas de su competencia, (audición, voz, lenguaje, habla y aprendizaje), sea mediante campañas masivas de divulgación, sea colaborando en campañas de medicina.
    8. Colaborar con la autoridad sanitaria competente en el cumplimiento de medidas de profilaxis.
    9. Actividades de promoción de la salud;
    10. Profilaxis en el área de audición, voz, lenguaje, habla, fonoestomatología e intervención temprana;
    11. Prevención, detección y diagnóstico de las áreas de: voz, habla, lenguaje, intervención temprana, audición y vestibular y fonoestomatología en disfunciones estomatognáticas, disgnacias, trastornos deglutorios, disfagias; y todas aquellas que el avance científico permita identificar;
    12. La indicación y prescripción de tratamientos no medicamentosos y prácticas de incumbencias profesionales;
    13. La selección, adaptación y prescripción de audífonos u otros dispositivos de ayuda auditiva;
    14. La prescripción de modificadores de la consistencia de los alimentos; ñ) Intervenir en la habilitación, rehabilitación y recuperación en las áreas de voz, habla, lenguaje, fonoestomatología en los términos de los incisos b) y c) del presente artículo, intervención temprana, audición y vestibular. Así como el abordaje neurolingüístico en las áreas de su competencia.
    15. Docencia e investigación en los distintos ámbitos de acción;
    16. Asesoramiento, capacitación, profilaxis y educación en las áreas de: voz, habla, lenguaje, fonoestomatología, intervención temprana, audición y vestibular;
    17. Asesoramiento y participación con las autoridades sanitarias competentes en el cumplimiento de las medidas de salud que correspondieran;
    18. Ejercicio de Jefaturas de servicios, sectores o departamentos de fonoaudiología y aquellas otras jefaturas o cargos de conducción que disponga la reglamentación;
    19. Actuación como perito en su materia en el orden judicial en todos los fueros» .

 

«ARTÍCULO 39.-  Está prohibido a los profesionales comprendidos en esta Ley:

    1. Efectuar exámenes cuya técnica corresponde al médico.
    2. Efectuar diagnósticos y pronósticos médicos que excedan el marco habilitante del Artículo 38.
    3. Efectuar indicaciones terapéuticas médicas.
    4. Participar honorarios entre fonoaudiólogos o cualquier otro profesional, sin perjuicio del derecho de presentar honorarios en conjunto o separadamente, según corresponda.»

 IMPOSICIÓN DE NOMBRE A ESCUELA DE IGLESIA

Con despacho favorable de las comisiones de Educación, Ciencia, Técnica y Cultura; y Peticiones y Poderes, la Legislatura dará tratamiento en el recinto al Proyecto de Ley presentado por el bloque Bloquista, por el que se impone el nombre «Felipa Rojas», a la escuela de Educación Especial Múltiple, Departamento Iglesia.

 PROYECTOS DE RESOLUCIÓN

Más tarde, el cuerpo legislativo tratará los siguientes proyectos de Resolución que proponen declarar de interés:

  • Educativo, cultural e histórico, el libro Cimientos de Una Historia: La Historia De Ullum, cuyo autor es Pedro Saturnino Marchan. (Autor: diputado Leopoldo Soler)
  • Social y cultural la 15ª edición de la Navidad Criolla, organizada por la Comisión Directiva de la Biblioteca Mariano Moreno de Villa Krause, destacando su aporte al fortalecimiento de las tradiciones y la identidad cultural de San Juan. (Autora: diputada Sonia Ferreyra)
  • Cultural, social y turístico al 3°Festival de Doma y Folclore El Jarillal 2025, organizado por la Agrupación Gauchos del Jarillal, que se llevará a cabo el día 4 de enero del año 2025, en el Predio Baudilio y Andrés Carbajal, en El Llano, Las Flores, Departamento de Iglesia, provincia de San Juan. (Autor: diputado Gustavo Deguer)
  • Cultural, social y turístico al 15° Festival Navideño de Doma y Folclore Tudcum 2024, organizado por la Agrupación Gaucha Arrieros de Los Andes, que se llevará a cabo el próximo 28 de diciembre de 2024, en el Predio Arrieros de los Andes, ubicado en la localidad de Tudcum, departamento Iglesia. (Autor: diputado Gustavo Deguer)
  • Cultural y turístico a las “Peñas de La Familia», organizado por la Municipalidad de San Martín de la provincia; a desarrollarse todos los sábados de enero de 2025. (Autora: diputada Marta Gramajo)

 PROYECTOS QUE INGRESAN A COMISIONES

En la Decimoséptima sesión del período ordinario, ingresarán a comisiones para ser estudiados y analizados los siguientes proyectos de Ley que proponen:

  • Realizar un estudio interdisciplinario para evaluar los impactos de la manipulación climática local y regional en la provincia de San Juan. (Autor: bloque Bloquista. Comisiones: Legislación y Asuntos Constitucionales/ Ambiente y Desarrollo Sostenible/ Hacienda y Presupuesto/ Agricultura y Ganadería).
  • Aprobar la enmienda del artículo 175º de la Constitucional Provincial que tienen que ver con la duración del mandato y reelección del gobernador y vicegobernador. (Autor: interbloque: Justicialista- Crecer- Frente Grande- Mejor Nosotros/ Comisiones: LAC)
  • Derogar la Ley nº 2348, referida al Código Electoral de la Provincia. (Autor: diputado Fernando Patinella- Comisiones: LAC/ Justicia y Seguridad)
  • Dejar sin efecto la Resolución nº 1197-SHF-2024 y la Resolución Nº 1219-DGR-2024 sus modificatorias, complementarias y todas aquellas que en un futuro las reemplacen o establezcan e instrumenten la aplicación, en todo el territorio de la Provincia de San Juan, del Sistema de Recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos sobre Créditos Bancarios (SIRCREB) o similares, quedando vigente para dicha actividad la autoliquidación mensual el cuál será el único mecanismo a utilizar por personas Jurídicas, Autónomos y Monotributistas que no estuvieran adheridos al Sistema Único Tributario AFIP(ARCA)-DGR y utilicen el sistema SIFERE para sus presentaciones de obligaciones tributarias. (Autor: diputado Fernando Patinella. Comisiones: Control y Seguimiento)
  • Crear el Programa de relevamiento y asistencia para personas afectadas por la suspensión del Programa Nacional de Salud y Bienestar. (Autor: bloque Bloquista. Comisiones: LAC/ Salud y Discapacidad/ Hacienda y Presupuesto)

Por último, tomarán conocimiento de las siguientes comunicaciones particulares presentadas por:

  • La Asociación Civil de los Autoconvocados en Unión y Libertad por la que se solicita la vigencia de la Ley de Boleta Única.
  • La Unión de Docentes Argentinos (UDA) Seccional San Juan, por la que solicita la no aprobación del Proyecto de Ley de Educación Emocional.
  • La Asociación Civil de Asistencias en las Adicciones (ASAD), Foro de Salud Mental y Derechos Humanos, por la que solicita la no aprobación del Proyecto de Ley de Educación Emocional.
  • La directora de Defensa al Consumidor, por la que solicita la modificación de la Ley Nº 1010- D.

POR LIC. EUGENIA VILA

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