El oficialismo acordó con la oposición el proyecto más temido por la CGT y el peronismo dará pelea en comisión

En la Comisión de Legislación del Trabajo de Diputados, que se reunirá este mediodía, la UCR, el PRO y los libertarios tratarán de emitir un dictamen sobre un proyecto unificado de Democracia Sindical, mientras Unión por la Patria buscará rechazarlo. Qué incluye la iniciativa

La reunión de este martes, a las 13, de la Comisión de Legislación del Trabajo de la Cámara de Diputados amaga con convertirse en un campo de batalla entre peronistas y no peronistas: la UCR, el PRO, la Coalición Cívica, La Libertad Avanza, Hacemos Federal e Innovación Federal decidieron unificar una veintena de proyectos sobre democracia sindical e intentarán emitir un dictamen favorable, mientras sus rivales de Unión por la Patria y del Frente de Izquierda tratarán de conseguir su rechazo.

Lo que se discutirá es el ”Proyecto de Ley de Democracia Sindical”, una iniciativa de 18 artículos que embiste contra algunos pilares del gremialismo: aunque no toca el sistema de personería, propone eliminar la reelección perpetua de los sindicalistas, prohíbe la cuota solidaria, garantiza la representación de las minorías en los cuerpos deliberativos y directivos de los sindicatos, obliga a presentar declaraciones juradas y fija medidas para “democratizar las obras sociales”.

El proyecto de Democracia Sindical de diputados opositores y oficialistas se instalará en la escena nacional en medio del agravamiento de la pelea entre el Gobierno y algunos sindicatos, aunque algunos importantes funcionarios libertarios intentan llegar a una tregua con la CGT. Por eso hay dudas acerca de la posición que adoptará el Poder Ejecutivo: ¿dará luz verde para que se apruebe en el Congreso una iniciativa que pone en jaque a la dirigencia cegetista y a todo el poder sindical?

Martín Tetaz, diputado de la UCR (al centro de la foto), en una reunión de la Comisión de Legislación del Trabajo

Los cambios del proyecto apuntan a modificar la Ley 23.551 de Asociaciones Sindicales, aunque ni siquiera el DNU 70 de Javier Milei avanzaba tanto como el texto que unificó una veintena de proyectos sobre democracia sindical. Por ejemplo, los diputados no peronistas incluyeron la prohibición de las cuotas solidarias, el recurso para el financiamiento sindical a través de los descuentos compulsivos de una suma pactada en los convenios colectivos de trabajo a todos los empleados de una actividad: sostiene que “los gremios no podrán establecer, exigir ni imponer aportes a los trabajadores de manera obligatoria” y que “para cualquier tipo de descuento se requerirá autorización expresa del trabajador, que podrá ser revocada en cualquier momento que el trabajador disponga”.

El titular de la Comisión de Legislación del Trabajo, el radical Martín Tetaz, es el encargado de reunir la mayor cantidad de apoyos posibles para emitir un dictamen de mayoría del proyecto de Democracia Sindical: de los 31 miembros de la comisión, contaría con 18 firmas de los diputados de la UCR, el PRO, la Coalición Cívica, La Libertad Avanza, Hacemos Federal e Innovación Federal.

En la vereda de enfrente, el vicepresidente de la Comisión de Legislación del Trabajo, Sergio Palazzo, quien lidera la Asociación Bancaria, pilotea desde Unión por la Patria las negociaciones para lograr el rechazo del proyecto que preocupa al sindicalismo: dicen tener aseguradas las firmas de los 12 diputados del bloque y creen que podrían sumar a Alejandro Vilca, del Frente de Izquierda.

El proyecto de Democracia Sindical, que unifica textos presentados por Tetaz, Verónica Razzini (PRO), María Eugenia Vidal (PRO), Mónica Frade (Coalición Cívica) y Ricardo López Murphy, entre otros, contempla que los sindicatos deben “garantizar la efectiva democracia interna” a través de medidas como “la elección directa de los cuerpos directivos en los sindicatos locales y seccionales”, “la representación de las minorías en los cuerpos deliberativos y directivos cuando las mismas hubieran obtenido más del 3% de los votos válidos emitidos de sus afiliados”, y “el establecimiento de un código de conducta ética para afiliados y miembros de los órganos de dirección y administración”.

Además, plantea que “los mandatos de quienes integran los órganos de dirección y administración tendrán las mismas restricciones de extensión de período y cantidad de reelecciones que las exigidas para Presidente y Vicepresidente de la Nación” y aclara que “se entiende por mandato completo desde el momento de su iniciación, independientemente de que hayan transcurrido los 4 años o menos”.

También establece que los sindicatos “deberán admitir la libre afiliación” y que “para poder afiliar a un trabajador, deberán contar con su consentimiento expreso”. Sin embargo, la ley vigente (N° 23.551) ya garantiza el derecho de los trabajadores a “afiliarse, no afiliarse o desafiliarse” a los gremios.

La CGT rechazará el proyecto de Democracia Sindical que impulsan diputados opositores y oficialistas

Por otra parte, incluye entre las obligaciones para integrar los órganos directivos de los gremios “no tener inhibiciones civiles ni penales, ni condena penal firme”, y “presentar una declaración jurada patrimonial integral dentro de los 30 días corridos desde la inscripción de su candidatura”, además de “actualizar anualmente” esa información y presentar una última declaración dentro de los 30 días hábiles desde que se deja el cargo. Y aclara que “la declaración jurada deberá contener el detalle de todos los activos del declarante, de su cónyuge, los del conviviente, los que integren en su caso la sociedad de hecho y los de sus hijos menores, en el país o en el extranjero, debiendo consignarse el valor y la fecha de adquisición, y el origen de los fondos aplicados a cada adquisición”.

El proyecto dispone que los sindicatos “deberán implementar programas de integridad y transparencia, consistentes en reglas y procedimientos claros y públicos y por acciones, mecanismos y procedimientos internos de promoción de la integridad, a fin de brindar un uso racional y eficiente de sus recursos”. Y en otro artículo obliga también a que “el patrimonio de las asociaciones sindicales y su integración debe estar publicado en forma permanente y actualizada en medios electrónicos o cualquier otro medio de difusión de carácter público”.

Otro punto incluido en la iniciativa es “garantizar la presencia femenina en los cargos electivos y representativos de las asociaciones sindicales”, sobre lo cual detalla que “el cupo para cubrir la participación femenina en las listas de candidatos y su presencia en los cargos electivos y representativos del gremio no podrá ser menor a la proporción de mujeres afiliadas sobre el total de afiliados”. Y agrega que “no podrá oficializarse ninguna lista que no cumpla” esos requisitos.

En el capítulo llamado “Democratización de Obras Sociales”, el proyecto sostiene que “todos los beneficiarios del Sistema de Obras Sociales podrán ejercer el derecho de opción, garantizando así la libre elección de la obra social” y detalla: “Los trabajadores que inicien una relación laboral podrán ejercer el derecho de opción luego de permanecer 3 meses en la obra social correspondiente a la rama de su actividad”, y que “los afiliados que hubieren cambiado de obra social deberán permanecer como mínimo 3 meses en ella y, vencido ese plazo, podrán volver a ejercer esa opción”. Y, en otro punto que rechazará el sindicalismo, se deroga el artículo 6 del Decreto 438/2021, que disponía que “la opción de cambio podrá ejercerse sólo una vez al año durante todo el año calendario”.

Hace casi un mes, en una deliberación maratónica de casi 9 horas, la Comisión de Legislación del Trabajo de Diputados escuchó a más de 40 oradores que fueron convocados para opinar sobre los 28 proyectos de ley que proponen transparencia y democracia en los sindicatos. Una de las posturas más duras fue la del cotitular de la CGT Héctor Daer (Sanidad): cuestionó que “el único objetivo termine siendo el debilitamiento de las organizaciones sindicales” y advirtió que los proyectos “rozan derechos internacionales, nuestra Constitución y la jurisprudencia de la Corte”, además de tener “una mirada sesgada prejuiciosa e inoportuna hacia el poder real de los trabajadores”.

Fuente: Infobae

Rivero. C

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