Para dar de baja la impugnación del Presidente hacen falta dos tercios de los votos del Senado y de Diputados.
El Gobierno no descarta judicializar la reforma jubilatoria, que se aprobó el jueves por la Cámara de Senadores, en caso de que el Congreso junte los números para reovcar el veto presidencial que Javier Milei ya confirmó que utilizará. Sin embargo, especialistas aseguraron que es inconstitucional judicializar la reforma e ir contra la voluntad del Parlamento.
En la Casa Rosada explicaron que en las próximas horas definirán cuáles serán los pasos a seguir si los bloques opositores consiguen los números para oponerse al veto. “Esto atenta contra el plan del Gobierno, contra lo que votaron los argentinos y no es más que pura demagogia populista. El equilibrio fiscal no está en discusión, no se discute. Después, si el camino va a ser judicializarla, porque claramente es ilegal en virtud de que no cumple con la ley de administración financiera, o si se van a recortar otras partidas, todo está en análisis y todo es posible”, dijo el vocero presidencial, Manuel Adorni, este lunes en conferencia de prensa.
El abogado Andrés Gil Domínguez explicó al portal TN que “es constitucionalmente imposible” lo que plantea el Gobierno de judicializar la reforma porque el Poder Ejecutivo “no tiene legitimación procesal para hacerlo”. Además, aclaró a este medio que “si el Congreso insiste con los dos tercios de ambas Cámaras, el Presidente debe cumplir la ley”. La oposición insiste con el proyecto y afirma que tiene los votos para convertirlo en ley y obligar al Ejecutivo a promulgarla.
Si el Gobierno incumple la voluntad del Parlamento sería visto como “causal de juicio político por mal desempeño y abuso de poder”, según aseguró otro letrado especializado. Sin embargo, si no alcanzan esta mayoría, el veto se mantiene y el proyecto no puede ser reconsiderado en las sesiones del mismo año.
El veto que Milei confirmó el viernes a la madrugada, a través de un comunicado de la Oficina del Presidente Electo, será total y tendrá que ser debatido por el Congreso de la Nación luego de que se oficialice en el Boletín Oficial.
Además, para que el veto de Milei tenga validez debe ser promulgado durante los 10 días hábiles desde que la reforma fue aprobada en el Congreso.
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