Revés para el Gobierno: la Cámara confirmó la decisión de desarmar el proceso colectivo contra el DNU
La decisión fue adoptada en el marco del expediente denominado «ASOCIACION CIVIL OBSERVATORIO DEL DERECHO A LA CIUDAD Y OTROS DEMANDADO: EN-DNU 70/23», en relación al que fuera el primer amparo presentado contra el DNU de Gobierno de Milei.
En ese caso, y antes de iniciada la feria judicial, el juez Esteban Furnari había decidido tramitar el caso como un proceso colectivo, lo que hubiera atraído todas las presentaciones que se hicieran contra el DNU; algo que luego fue desarmado por decisión del juez de feria Lavié Pico.
«Si bien este Tribunal concluye en la improcedencia formal de la apelación interpuesta por la parte demandada, no es posible dejar de advertir que los efectos perjudiciales para los litigantes ?en tanto partes que intervienen y/o pudiesen intervenir en las causas vinculadas a las medidas adoptadas por el DNU 70/2023? no resultan en sí de la decisión de desvincular los procesos que ha sido adoptada por el Sr. Juez de feria», sostuvieron los jueces.
«En todo caso, el gravamen hubiese podido emerger de la incorrecta y apresurada decisión de imprimirle la calidad de proceso «colectivo» por parte del Sr. Juez titular del Juzgado Nº 2, Dr. Esteban Furnari, a pesar de la evidente ausencia de un supuesto de derechos de incidencia colectiva que se refieran a intereses individuales homogéneos», señalaron.
Fuente: ÁMBITO
Por: Graciela Herrera
Los comentarios están cerrados.