Moratoria: ARCA extendió hasta el 31 de marzo del 2026 el plazo para regularizar deudas
El organismo que conduce Andrés Vázquez hizo lugar al reclamo de profesionales y publicó la resolución que amplía la fecha. El régimen había vencido el 30 de diciembre.

Características del plan de pago
El plan permite la adhesión de las personas humanas, sucesiones indivisas, micro, pequeñas y medianas empresas (tramos 1 y 2), entidades sin fines de lucro, empresas del sector salud, y el resto de contribuyentes.
Incluye la regularización de deudas impositivas y de la seguridad social, de monotributo, retenciones y percepciones impositivas y obligaciones aduaneras por tributos a la importación o exportación y liquidaciones de los citados tributos comprendidas en el procedimiento para las infracciones, así como sus intereses, conforme a lo previsto en el Código Aduanero -Ley N° 22.415 y sus modificaciones-.
Tal como informó Ámbito, la regularización no implica la reducción de intereses, como tampoco la liberación de las pertinentes sanciones. En tanto que los pagos a cuenta, la cantidad máxima de cuotas y tasa de financiación fija a otorgar se efectuará de la siguiente manera:
- Personas humanas y sucesiones indivisas, Micro y Pequeñas Empresas, Entidades sin fines de lucro y Sector salud: hasta 60 cuotas con un pago a cuenta del 5%.
- Medianas Empresas-Tramo 1 y 2, excepto personas humanas y sucesiones indivisas: hasta 48 cuotas y un pago a cuenta del 10%
- Resto de los contribuyentes: hasta 36 cuotas con un pago a cuenta del 15%
Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, con un monto mínimo de $2.000 por cuota. El interés de financiación será equivalente al 50% de la tasa de interés resarcitorio -según normativa del Ministerio de Economía- vigente al momento de la implementación del régimen. La caducidad del plan se producirá a los 60 días corridos de constatada la falta de pago de 2 cuotas seguidas o alternadas.
Fuente: ÁMBITO
Por: G. Herrera
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