La Pampa fue a la Justicia para frenar el decreto de Milei que le dio a Mendoza el 100% de las regalías de una hidroeléctrica

El gobernador pampeano pidió suspender los efectos del decreto que modificó el reparto de los recursos generados por Los Nihuiles. Sostuvo que la decisión vulnera un acuerdo firmado en 1992 y homologado por la Corte Suprema.

La provincia de La Pampa presentó una medida cautelar contra el Estado nacional para intentar frenar el decreto del presidente Javier Milei que modificó el reparto de las regalías hidroeléctricas de Los Nihuiles y determinó que Mendoza pase a cobrar el 100% de esos recursos.

La presentación fue impulsada por el gobernador pampeano, Sergio Ziliotto, y apunta específicamente contra los artículos 3° y 4° del decreto 982/2026, publicado el viernes y firmado por Milei y el ministro de Economía, Luis Caputo.

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Ese decreto dejó sin efecto el esquema vigente desde 1973, por el cual las regalías generadas por el complejo hidroeléctrico ubicado sobre el río Atuel se distribuían en partes iguales entre Mendoza y La Pampa. Desde ahora, el Ejecutivo nacional estableció que la totalidad corresponde a Mendoza porque la fuente hidroeléctrica efectivamente aprovechada se encuentra íntegramente dentro de su territorio.

Con la cautelar, La Pampa busca que se mantenga provisoriamente el reparto anterior hasta que la Justicia resuelva la discusión de fondo.

“Hemos presentado ante la Justicia Federal una medida cautelar pidiendo la suspensión inmediata de los artículos del Decreto Presidencial Nº 982/2026 que vulneran nuestros derechos”, anunció Ziliotto.

El gobernador sostuvo que la posición pampeana está respaldada por antecedentes judiciales y acuerdos entre las provincias. “Nos respaldan leyes, acuerdos y sentencias de la Corte Suprema de Justicia: El río Atuel también es pampeano: los fallos de la CSJN de 1987, 2017 y 2020 establecen y ratifican su interprovincialidad. Así, la represa Los Nihuiles genera energía con agua pampeana”, afirmó.

Uno de los principales argumentos de la presentación judicial es un acuerdo interjurisdiccional firmado en 1992 por Nación, Mendoza y La Pampa, aprobado por las legislaturas provinciales y posteriormente homologado por la Corte Suprema.

El Ejecutivo nacional estableció que la totalidad corresponde a Mendoza porque la fuente hidroeléctrica efectivamente aprovechada se encuentra íntegramente dentro de su territorio. (Foto: Gobierno de Mendoza)
El Ejecutivo nacional estableció que la totalidad corresponde a Mendoza porque la fuente hidroeléctrica efectivamente aprovechada se encuentra íntegramente dentro de su territorio. (Foto: Gobierno de Mendoza)

“Sus regalías también son pampeanas: mediante un acuerdo de 1992, firmado entre el Estado Nacional y las dos provincias y homologado por la CSJN, Mendoza se obliga a pagar regalías a La Pampa, calculadas según porcentajes fijados por Ley 15.336 y Decreto 1560/73. Ningún decreto puede anular un acuerdo de partes”, planteó Ziliotto.

La administración pampeana sostiene que, al tratarse de un convenio entre distintas jurisdicciones, ninguna de las partes puede modificar unilateralmente los compromisos asumidos. También argumenta que la decisión afecta la autonomía provincial, la seguridad jurídica y el denominado federalismo de concertación.

El decreto 982/2026, sin embargo, utiliza el mismo acuerdo de 1992 para fundamentar una interpretación diferente. El texto oficial recuerda que aquel convenio garantizó el pago de regalías a La Pampa, pero señala que lo hizo “sin perjuicio de lo que pudieren establecer en un futuro normas jurídicas o fallos judiciales sobre el particular”.

Además, Nación fundamentó la decisión en el régimen general de la Ley 15.336 y en jurisprudencia de la Corte sobre aprovechamientos hidroeléctricos. Bajo ese criterio, considera que las regalías corresponden a la jurisdicción donde está ubicada la fuente hidroeléctrica efectivamente aprovechada, que en el caso de Los Nihuiles se encuentra en Mendoza.

El decreto incluso rechazó un recurso que Mendoza había presentado contra el régimen de 1973 y reconoció la validez de lo actuado durante las últimas cinco décadas. El cambio dispuesto por Milei rige para las regalías generadas desde la entrada en vigencia de la nueva normativa.

El conflicto tiene además otro capítulo judicial abierto. Mendoza ya había llevado ante la Corte Suprema su reclamo contra el esquema establecido en 1973, en una causa contra el Estado nacional.

Según informó el gobierno pampeano, fue la propia Nación la que pidió que La Pampa fuera incorporada a ese expediente por estar directamente involucrada en la controversia. La Corte aceptó esa participación el 27 de agosto.

La administración de Ziliotto cuestiona que apenas dos semanas después de esa decisión el Ejecutivo haya modificado por decreto el régimen que está siendo discutido judicialmente.

La cautelar también busca impedir que el nuevo reparto quede consolidado de cara a las futuras concesiones del Sistema Hidroeléctrico Los Nihuiles. Nación argumentó precisamente que necesitaba establecer un criterio de distribución para dar “certeza jurídica” al proceso de selección de los nuevos operadores del complejo.

Javier Milei y Alfredo Cornejo, en Mendoza. (Foto: Captura de X/@alfredocornejo)
Javier Milei y Alfredo Cornejo, en Mendoza. (Foto: Captura de X/@alfredocornejo)

La decisión del gobierno nacional profundizó además la disputa política entre ambas provincias. Mientras en Mendoza el gobernador Alfredo Cornejo celebró que su provincia pase a cobrar la totalidad de las regalías, Ziliotto acusó a la administración nacional de beneficiar a los mendocinos en perjuicio de La Pampa.

Tras recurrir a la Justicia, el gobernador pampeano ratificó que continuará con el reclamo: “No abandonaremos ninguna lucha por lo que nos pertenece. Fieles a nuestra historia, defendemos La Pampa, todos los días, donde sea, ante quien sea”.

Fuente: TN

Por: G. Herrera

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