La Fiscalía no avanzará contra el juez Mattar y la víctima tiene 60 días para acusarlo
El Ministerio Público Fiscal consideró que el accidente ocurrido en marzo fue de mínima gravedad y resolvió aplicar un criterio de oportunidad. Si el motociclista no convierte la causa en una acción privada dentro del plazo establecido, el magistrado será sobreseído.
La causa judicial que involucra al juez de Faltas Enrique Mattar dio un giro decisivo. La Fiscalía resolvió no continuar con la investigación penal por el accidente de tránsito que protagonizó en marzo pasado, en el que un motociclista resultó con lesiones leves. Ahora, la presunta víctima tendrá 60 días para decidir si impulsa una acusación particular contra el magistrado. De no hacerlo, se dispondrá su sobreseimiento.
La decisión fue adoptada por el fiscal de la UFI Delitos Especiales, Roberto Ginsberg, quien consideró que las características del siniestro no justifican la continuidad de la persecución penal por parte del Estado. Según los fundamentos de la resolución, el hecho no reviste una gravedad extrema y puede ser considerado de mínima entidad o insignificante en relación con el interés público comprometido.
Mattar había sido imputado por lesiones culposas leves luego de que se lo acusara de cruzar un semáforo en rojo, impactar contra una motocicleta y no detenerse tras el choque. A partir de esa imputación, el juez Matías Parrón había dispuesto una investigación penal preparatoria por cuatro meses, cuyo plazo venció a fines de septiembre.
La resolución fiscal se conoció después de que la defensa del magistrado, a cargo del abogado Mario Padilla, solicitara la aplicación de un criterio de oportunidad. Esta herramienta legal permite prescindir de la acción penal en determinados casos cuando, por su insignificancia o escasa gravedad, no se encuentra comprometido de manera relevante el interés público, con las excepciones que establece la normativa.
Entre los argumentos considerados, Ginsberg tuvo en cuenta que el motociclista sufrió lesiones leves, con un período de incapacidad estimado en 10 días, según el informe médico incorporado a la causa. También señaló que no encontró elementos que demostraran una imprudencia grave en la conducción del automóvil y destacó que Mattar contaba con una póliza de seguro vigente al momento del accidente.
La Fiscalía comparó el episodio con otros siniestros viales en los que tampoco se impulsó la acción penal, pese a que las víctimas habían sufrido lesiones de mayor consideración, como fracturas y traumatismos que demandaron períodos de recuperación más prolongados.
El antecedente de la reparación económica
Tras la imputación, Mattar había ofrecido en dos oportunidades una reparación integral del daño a la presunta víctima, mediante una compensación económica para evitar que la causa continuara. Sin embargo, las propuestas no prosperaron y no se alcanzó un acuerdo entre las partes.
Ante esa situación, la defensa presentó un escrito para que el Ministerio Público aplicara el criterio de oportunidad, pedido que finalmente fue aceptado por el fiscal.
En los fundamentos de la decisión, Ginsberg sostuvo que se encuentran acreditadas las condiciones para prescindir de la acción penal, debido a la ausencia de un interés social relevante y a la falta de elementos que evidencien una imprudencia grave por parte del conductor.
Qué puede hacer ahora el motociclista
La resolución no impide que el damnificado continúe con el reclamo por su cuenta. Para ello, deberá solicitar la conversión de la acción pública en privada y seguir el procedimiento previsto para los delitos de acción privada dentro de los 60 días posteriores a la comunicación de la medida fiscal.
Si el motociclista decide avanzar por esa vía, podrá impulsar una acusación particular contra el juez de Faltas. En cambio, si el plazo vence sin que se concrete esa conversión, corresponderá disponer el sobreseimiento de Mattar por el delito de lesiones culposas leves.
De esta manera, el futuro judicial del magistrado dependerá de la decisión que adopte la presunta víctima durante el plazo establecido. Por el momento, la Fiscalía resolvió no continuar con la persecución penal estatal por el siniestro ocurrido en marzo.
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