La Cámara Nacional del Trabajo confirmó la invalidez de decreto que restringe derecho a la huelga
Los jueces Silvia Pinto Varela y Héctor Guisado confirmaron la decisión de primera instancia que declaró la invalidez constitucional de los artículos 2° y 3° del DNU N°340/25. La acción de amparo había sido presentada por la CGT.
Los fundamentos de la Cámara
La Cámara consideró que el DNU cuestionado no cumplía con los requisitos para su dictado, en la medida que no se justificó que existiera imposibilidad de que se reúna el Congreso de la Nación, ni que exista una situación de urgencia tal que no pueda ser solucionada en el plazo que demanda el trámite normal de las leyes.
Así, coincidieron con la jueza de primera instancia en cuanto «no se explican las razones por las cuales se intentó evitar el tratamiento de la cuestión en el Congreso de la Nación cuando lo que se pretende es modificar un texto legal –el art. 24 de la ley 25.877- incorporando nuevas actividades que considera “esenciales” y estableciendo expresamente otras que considera “trascendentales”, aspectos que sin duda deben debatirse en el seno del Poder Legislativo de la Nación que es el facultado para dictar normas de fondo (art. 75 inc. 12 CN)».
Los jueces de cámara aclararon que «en el presente proceso no está en debate qué servicios pueden ser o no ser considerados esenciales, sino el instrumento jurídico que se ha utilizado para modificar una ley de la Nación”, según publicó el sitio Palabras del Derecho.
Los camaristas cuestionaron el fundamento del DNU relacionado a una “situación de crisis social y económica», ya que bajo ese argumento el Congreso de la Nación «perdería su rol fundamental y para el que fue creado: sancionar las leyes de nuestro país».
Fuente: ÁMBITO
Por: G. Herrera
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