Que establece la Ley Electoral de San Juan ante un reemplazo de candidatos a gobernador

En el ámbito político de San Juan, se está debatiendo intensamente sobre las posibles implicaciones si Sergio Uñac es impedido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación de presentarse como candidato a gobernador.

 

En este contexto, la Ley de Lemas renovada, conocida como Sipad, presenta una doble interpretación. Un grupo de juristas sostiene que el reemplazo del candidato debe provenir de un dirigente que no haya participado en las elecciones actuales, mientras que otro grupo plantea lo contrario. Además, la decisión de un candidato de retirarse de la contienda electoral ha sido objeto de discusión debido a los resultados de las últimas elecciones.

 

En concreto, la nueva ley electoral establece en su artículo 180 que en caso de que un candidato se retire, «la agrupación o subagrupación debe reemplazarlo por un candidato en un plazo de cuatro días». Según la interpretación de un grupo de abogados, este reemplazo puede ser realizado por un dirigente que no haya sido parte del proceso electoral vigente. Esto difiere del sistema de las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), en el cual el candidato a gobernador era sustituido por el candidato a vicegobernador, y así sucesivamente.

 

Debido a la particularidad de estas elecciones, que se desdoblan en la categoría principal debido a una medida cautelar emitida por el tribunal federal que suspendió la elección, algunos juristas afirman que los candidatos que participaron en otras categorías podrían ser considerados como reemplazantes. Esto implica que diputados, intendentes e incluso concejales, ya sean electos o no, podrían ocupar el puesto vacante.

 

En el caso de que una lista decida no participar, la ley es clara, ya que establece que un candidato a gobernador o vicegobernador puede retirarse de la contienda «en caso de fallecimiento, incapacidad sobreviniente definitiva e invalidante, renuncia de cualquier postulante o imposibilidad por cualquier motivo o causa», incluso un día antes de las elecciones. En ese caso, se requeriría que las boletas fueran retiradas del operativo.

 

Entrando en el terreno de la especulación legal, esto abre la posibilidad de que un candidato a gobernador o vicegobernador se retire de su boleta y se una a otra lista para completarla.

Es importante destacar que actualmente se está esperando el dictamen de la Suprema Corte sobre este asunto. El oficialismo considera como posibles fechas para la elección a gobernador y vicegobernador el 2 o 9 de julio, siendo la primera fecha la preferida por el oficialismo en general.

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