Guardavidas: Estas son las normas que deben cumplir los cursos para ser válidos

Guardavidas

La Subsecretaría de Alto Rendimiento, a través de la dirección de Deportes Náuticos de la provincia, informa al público en general e interesados, que se rectifica parcialmente la publicación realizada el día 17/03/2025, aclarando que son válidos los cursos/títulos/certificaciones de formación profesional inicial de guardavidas ya que están debidamente autorizados por la dirección de Educación Privada, dependiente del Ministerio de Educación de la provincia, conforme marco legal de referencia ley nacional N° 27155 y resolución nacional del Consejo Federal de Educación N° 399/2021.

En base a esta normativa legal es que la autoridad de aplicación, dirección de Deportes Náuticos y en contacto con la naturaleza, lleva el registro de la/s escuela/s de guardavidas habilitadas y reconocidas por el Ministerio de Educación de la provincia (conforme ley provincial 2572-a), y las personas que egresen/participen de los cursos, para el ejercicio de la actividad deberán ajustarse y cumplir con la normativa de formación y habilitación para actuar como guardavidas del art. N° 9 de la ley nacional N° 27155, su decreto reglamentario N° 260/2021, y ley provincial N° 2572-a.

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Por lo antes expresado es que el subsecretario de Alto Rendimiento, Eduardo Cerimedo, aclara a la comunidad que, cualquier otro curso, capacitación y/o programa afín a la función y formación de guardavidas, y que esté avalado y aprobado legalmente por resoluciones y/o disposiciones del Ministerio de Educación, serán convalidados por el Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte.

Por lo tanto, las personas que participen/egresen de este tipo de cursos dictados, para poder ejercer sus funciones de guardavidas, deberán presentar los requisitos correspondientes en las oficinas náuticas para habilitar el título.

Por: Rodo Galdeano

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