Fallo inédito: condenan a pagar repuestos a valor actual tras un choque en San Juan

La Justicia declaró inconstitucional la actualización por tasa de interés ante la inflación y ordenó el pago al valor de mercado de los repuestos al momento del pago efectivo.

En un fallo sin precedentes en San Juan, la Sala I de la Cámara Civil determinó que el pago por los daños ocasionados en un choque se realice al valor actual de los repuestos y no según la tasa de interés establecida. El veredicto surge a raíz de un siniestro vial entre una Ford Ranger y una Toyota Hilux, donde el propietario de la Ranger fue declarado responsable civil.

El conflicto

El choque ocurrió el 3 de febrero de 2023, cuando ambos vehículos colisionaron, y la Justicia determinó que el dueño de la Ranger debía pagar los repuestos de la Hilux, valorados en 1,8 millones de pesos tres meses después del accidente. La sentencia de primera instancia estableció que, hasta el pago efectivo, se aplicara la tasa activa del Banco Nación, lo que al cabo de un año elevó el monto a 4 millones de pesos.

Sin embargo, el demandante apeló al considerar que la inflación desfasó el valor de los repuestos, que ascendieron a 6,6 millones de pesos al momento del cobro. Ante esto, los jueces Sergio Saffe y Abel Soria resolvieron que el cálculo de la indemnización debía realizarse al valor actualizado de los repuestos, declarando inconstitucional la normativa local que establece el uso de la tasa activa en casos civiles.

Impacto de la inflación

El fallo se apoya en la comparación entre el aumento de la tasa activa del Banco Nación (122,1%) y el incremento del valor de las autopartes (268,1%) en el mismo período, concluyendo que la tasa quedó rezagada frente a la inflación. Los jueces argumentaron que esto vulnera el derecho de propiedad y provoca el enriquecimiento sin causa del responsable del daño.

“Las actuales condiciones inflacionarias impactan negativamente en quienes reclaman un crédito judicial, ya que el paso del tiempo puede derivar en la licuación de su acreencia”, fundamentó el juez Saffe.

Un fallo con proyección nacional

La sentencia también declaró inconstitucional la Ley de Convertibilidad 23.928, que prohíbe la actualización monetaria, y planteó que las leyes financieras deben ser revisadas más frecuentemente en un país con inestabilidad económica crónica. Aunque la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha sostenido la prohibición de indexación, la Cámara Civil considera que la situación actual obliga a encontrar mecanismos que eviten el perjuicio económico del damnificado.

Este precedente judicial podría modificar el modo en que se calculan indemnizaciones en casos civiles donde la inflación impacta directamente en el valor de los bienes afectados, ofreciendo una reparación más justa para los damnificados en un contexto económico desfavorable.

Op: Juan Llarena

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