Fallo de Pallito en San Juan: el juez frenó el pago en 12 cuotas de una indemnización laboral
El titular del Primer Juzgado del Trabajo consideró que fraccionar una liquidación de más de $23 millones atenta contra el carácter alimentario del salario y genera desigualdad entre acreedores.
La Justicia laboral sanjuanina volvió a poner en discusión uno de los apartados más controvertidos de la Reforma Laboral al declarar la inconstitucionalidad del pago fraccionado de una indemnización por despido.
El fallo fue dictado por el titular del Primer Juzgado del Trabajo, Matías Pallito, en el marco de un litigio entre una trabajadora de apellido Páez y la propietaria de un comercio de indumentaria, de apellido Muñoz. Tras obtener una sentencia favorable por $23.296.163, la demandante enfrentó el pedido de su exempleadora para cancelar el monto en 12 cuotas, amparándose en la normativa que otorga esa facultad a las micro, pequeñas y medianas empresas.
Ante este escenario, la trabajadora se opuso formalmente y solicitó la inconstitucionalidad del artículo que habilita dicha modalidad. El magistrado Pallito hizo lugar al planteo y cuestionó con firmeza que un crédito indemnatorio reconocido judicialmente pueda diferirse de forma obligatoria.
Los argumentos centrales del fallo
Entre sus fundamentos principales, el juez destacó:
-
Carácter alimentario: Las indemnizaciones laborales buscan compensar de forma inmediata la pérdida del empleo y garantizar la subsistencia de la persona despedida.
-
Trato desigual: La norma genera una diferenciación injustificada entre los trabajadores y otro tipo de acreedores.
-
Avance sobre facultades provinciales: Cuestionó que la legislación nacional avance sobre competencias procesales que corresponden a la jurisdicción de las provincias.
Un antecedente que sienta jurisprudencia, pero con apelación pendiente
Esta resolución representa el segundo antecedente de su tipo en la provincia. La primera declaración de inconstitucionalidad había sido dictada por Mariela Berón, al frente del Segundo Juzgado Laboral.
A diferencia del primer caso, la decisión del juez Pallito no se encuentra firme y todavía puede ser apelada ante la Cámara Laboral, tribunal que deberá revisar los argumentos y determinar si confirma o revoca lo resuelto en primera instancia.
El expediente reaviva el debate de fondo sobre el alcance de la Reforma Laboral: si el beneficio otorgado a las pymes para amortiguar el impacto económico de un despido vulnera o no los derechos fundamentales del trabajador que cuenta con una sentencia judicial a favor.
Los comentarios están cerrados.