El Senado aprobó el nuevo régimen de inversiones para proveedores mineros

El régimen aprobado por el Senado busca cubrir el vacío entre las inversiones medianas y el RIGI. Los incentivos fiscales ayudarían a la industria a prepararse para abastecer a las grandes minas de cobre, litio y oro.

La construcción de las grandes minas de cobre, litio y oro que proyecta Argentina requerirá una industria proveedora capaz de fabricar equipos, ampliar instalaciones y competir por contratos millonarios. Esa necesidad encuentra ahora una posible herramienta de promoción en el régimen aprobado por el Senado.

Con 60 votos afirmativos y apenas dos negativos, la Cámara alta dio media sanción al Régimen de Incentivo para Inversiones Relevantes (RIIR), que propone beneficios tributarios para inversiones desde USD 12 millones y busca cubrir el espacio existente entre los mecanismos de promoción de inversiones medianas y el RIGI.

Para la minería, la novedad no está solamente en los incentivos que podrían recibir determinadas inversiones productivas, sino en la posibilidad de fortalecer una cadena de proveedores nacionales que deberá responder a las exigencias de proyectos con estándares internacionales de calidad, seguridad y cumplimiento de plazos.

Qué prevé el proyecto

La iniciativa contempla la amortización acelerada de inversiones en el Impuesto a las Ganancias y la devolución anticipada de créditos fiscales del IVA, además de estabilidad tributaria por 30 años para los beneficios reconocidos.

El nuevo régimen podría resultar especialmente atractivo para fabricantes de estructuras metálicas, componentes electromecánicos, sistemas de bombeo, equipamiento industrial y otros bienes necesarios para la construcción y operación de proyectos mineros.

Estas empresas enfrentan un problema que excede la posibilidad de obtener contratos: muchas necesitan invertir primero en maquinaria, tecnología, certificaciones e instalaciones para responder a los requerimientos de las compañías internacionales. Los incentivos permitirían adelantar la recuperación tributaria de parte de esas inversiones, aunque no representan subsidios directos ni garantizan financiamiento bancario o adjudicaciones comerciales.

El límite de la escala

El piso también es relevante: una inversión mínima general de USD 12 millones supera ampliamente la capacidad de buena parte de las pequeñas empresas proveedoras de San Juan, Catamarca, Salta y otras provincias mineras. Por eso, los potenciales beneficiarios directos serían principalmente empresas industriales con mayor capacidad de inversión, mientras que los proveedores más pequeños podrían recibir beneficios indirectos por la ampliación de las cadenas de contratación.

Tampoco debe confundirse la obligación de contratar proveedores nacionales con una preferencia automática por empresas de las provincias donde se encuentran los yacimientos, una diferencia que seguirá siendo relevante en las negociaciones entre compañías mineras, gobiernos provinciales y cámaras empresarias.

Diferencias con el RIGI

Complementar herramientas

El desafío es que el RIGI y el RIIR se complementen, porque atraer grandes inversiones mineras no garantiza por sí solo que las empresas argentinas puedan competir con fabricantes internacionales que cuentan con mayor escala, financiamiento y experiencia.

La exigencia de destinar al menos el 20% de las contrataciones alcanzadas a proveedores nacionales, bajo las condiciones previstas en cada régimen, puede incentivar el desarrollo de nuevas capacidades industriales, pero requiere controles efectivos y una planificación que permita anticipar las compras.

De concretarse su aprobación definitiva, el RIIR sumaría una herramienta para que parte de la industria invierta antes de que las grandes mineras comiencen a demandar masivamente bienes y servicios. La oportunidad para San Juan, Mendoza, Catamarca, Salta y Jujuy será transformar esas inversiones en capacidades productivas y empleo, sin perder de vista que los beneficios fiscales no reemplazan la competitividad, el acceso al crédito ni las condiciones comerciales que exigen las empresas mineras.

El RIGI permitió mejorar las condiciones para viabilizar inversiones de gran escala, mientras que el RIIR podría contribuir a que una parte mayor de la industria nacional esté preparada para participar en su construcción y operación. La discusión pendiente ya no se limita a cuántos proyectos mineros llegarán al país, sino a cuánto podrá crecer la industria argentina a partir de esas inversiones.

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