A través de un DNU publicado este miércoles en el Boletín Oficial, el Gobierno oficializó un nuevo régimen para la conservación, administración y disposición de bienes provenientes de actividades ilícitas. La medida ya está vigente y concentra por primera vez la custodia de estos activos en manos del Ministerio de Justicia.

Hasta ahora, la administración de los bienes secuestrados o decomisados en causas penales de competencia federal estaba repartida entre diversos organismos: la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), ministerios, fuerzas de seguridad e incluso el propio Poder Judicial. Esa dispersión, según señala el texto del Decreto 575/2025, generaba “ineficiencia, deterioro y pérdida de valor”, además de dificultar la trazabilidad de los recursos.

En tanto, para el Ejecutivo, con el nuevo esquema, el Ministerio de Justicia será el responsable exclusivo de conservar y gestionar esos bienes, mientras que la AABE solo intervendrá para su venta o concesión. También se crea el Consejo de Bienes Recuperados, un órgano colegiado con  el fin de supervisar el inventario, evaluar los activos, y coordinar el destino del dinero recaudado.

El decreto establece que los fondos generados de la venta o uso de estos bienes se va a distribuir bajo un órden de prioridades, empezando por la reparación de las víctimas y, luego, en financiar al Poder Judicialel Ministerio Públicolas fuerzas de seguridad, la Unidad de Información Financiera (UIF), la SEDRONAR y el propio Ministerio de Justicia.

La norma impone un plazo de 60 días hábiles para que el Consejo de la Magistratura realice un relevamiento nacional de los bienes bajo custodia judicial. Una vez concluido, estos deberán transferirse al Ministerio de Justicia en un máximo de 30 días hábiles.

En los considerandos, el Gobierno argumenta que la medida responde a “recomendaciones de organismos internacionales como la OCDE y el GAFI” y a la “emergencia en infraestructura y tecnología” del sistema de justicia federal. También subraya la necesidad de evitar que los bienes incautados pierdan valor por falta de uso o mantenimiento.

El DNU deroga la Ley 20.785, que regulaba la disposición de bienes secuestrados desde 1974, y modifica más de una decena de normas, entre ellas la Ley de Estupefacientes, la Ley contra la Trata de Personas, el Código Aduanero, la Ley de la UIF y el decreto de extinción de dominio.

En un contexto de extremo ajuste fiscal, el oficialismo presenta la iniciativa como una forma de obtener recursos sin aumentar la presión impositiva, financiando parte del sistema judicial con activos que antes quedaban “ociosos, subutilizados o deteriorados”.