Dólares “del colchón”: qué dicen los dos artículos clave de la ley que prepara el Gobierno para blindar las medidas
El Poder Ejecutivo está terminando de redactar el proyecto que modificará la ley penal tributaria. Cuáles son las dudas entre los expertos
Las áreas jurídicas del Poder Ejecutivo terminan de elaborar en estas horas el proyecto de ley que será enviado al Congreso para darle a las últimas medidas tributarias anunciadas por el Gobierno un barniz jurídico que termine por dar inicio al régimen tributario más laxo con el que el equipo económico busca acelerar la circulación de dólares “del colchón”.
En el oficialismo aseguran que el texto de ley incluirá un puñado de artículos para cambiar aspectos vertebrales de la ley de procedimiento tributario y la ley penal cambiaria. Son las dos normas que, si sus redacciones se mantuvieran sin modificaciones, le quitarían fuerza al paquete de medidas de ARCA con montos más altos de control automático sobre los contribuyentes.
La lógica que persigue el fisco es que si el organismo recaudador tiene menos herramientas de control automático, las personas y las pymes se volcarán a usar, por ejemplo, dólares ahorrados durante los últimos años para hacer transacciones y operaciones corrientes, incluso de compras de bienes para una pequeña empresa, o de bienes registrables (inmuebles o automóviles) para las personas.
Los dos cambios centrales serían sobre el plazo de prescripción del delito de evasión tributaria y el monto a partir del cual el fisco considera que ese delito podría existir. Actualmente, para la evasión simple el período es de 5 años y el monto es de 1,5 millones de pesos. Uno podría acortarse hasta 2 años, algo que no está exento de dudas entre los especialistas, y el monto se podría actualizar por inflación en línea con los nuevos umbrales de información automática que estableció ARCA.
Las definiciones del nuevo régimen impositivo en estudio abren una serie de interrogantes entre los especialistas tributarios. Diego Fraga, de Expansión, señaló que “las posibilidades son muy diversas” y planteó que un enfoque posible sería incorporar una norma que condone impuestos, accesorios y sanciones penales a quienes exterioricen activos mediante la adquisición de bienes o servicios durante un período determinado y con ciertos topes.
“De esa manera solucionan el tema penal”, afirmó, y propuso además otorgar un carácter promocional al régimen, en el que el Estado acuerde con el ciudadano no interferir fiscalmente sobre esa regularización. Para eso, sugirió acotar la prescripción a una fecha concreta: “Se podrían poner fechas también al último día del Gobierno de Milei. No me dan los números si se le pone dos años”.
Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, advirtió que una reducción del plazo de prescripción a dos años limitaría el margen del fisco para detectar movimientos relevantes con dólares no declarados. “Tendría menos tiempo para hacer determinaciones de oficio y con menos información”, observó.
También se refirió a los montos involucrados: “Si uno actualiza el monto de evasión simple de 1,5 millones (establecido en 2017), iría a 100 millones de pesos”, mientras que la evasión agravada alcanzaría los $1.000 millones. Según su análisis, “la lógica sería: bajamos la prescripción para que no te puedan ajustar rápidamente, aumentamos el régimen penal tributario, pero si te pasás de los 100 millones es evasión”. En ese marco, concluyó que “no hay una liberación de los dólares del colchón, parecería ser. En todo caso, es una actualización normal. Libera la evasión pequeña”.
Fernanda Laiún, socia de Laiún, Fernández Sabella & Smudt, aclaró que “no hay proyecto de modificar la ley penal tributaria en sí, sino solo levantar los importes a partir del cual ARCA debe hacer la denuncia por evasión”, con una actualización por inflación desde 2017. Sobre la prescripción, consideró que “una prescripción de cinco años como la que tenemos para contribuyentes inscriptos es razonable”, aunque reconoció que en sistemas como el británico o el estadounidense los fiscos hacen controles más inmediatos.
En ese contexto, explicó que si se amplía el régimen simplificado a todas las personas con ingresos de fuente argentina, “es necesario el cambio de prescripción porque si no sería inconsistente”. A su juicio, “la idea es llevarla a dos años para darte la certeza de que los temas previos al nuevo régimen prescriben dentro de este período de gobierno”.
El Gobierno nacional sumó este lunes dos gobernadores más en la lista de los mandatarios que eligieron adherir al nuevo régimen tributario. Tal como había anticipado Infobae, Entre Ríos y Chubut rubricaron su apoyo en una reunión en Casa Rosada. En el Poder Ejecutivo esperan otros apoyos a lo largo de la semana.
La firma del acuerdo contó con la participación del jefe de Gabinete, Guillermo Francos; el vicejefe de Gabinete del Interior, Lisandro Catalán; el ministro de Economía, Luis Caputo; y el director ejecutivo de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), Juan Pazo. También estuvieron presentes los gobernadores Ignacio Torres (Chubut) y Rogelio Frigerio (Entre Ríos), quienes formalizaron la adhesión de sus provincias al nuevo régimen.
“Las provincias que no adhieran al Régimen perderán el acceso a información clave, como los datos de facturación de personas físicas y jurídicas, y los consumos que superen los umbrales establecidos por ARCA, actualmente fijados en $50.000.000″, insistió ARCA en un comunicado.
Fuente. Infobae
Rivero. C
Los comentarios están cerrados.