Fallo contra Alberto Fernández
Dentro de las 82 carillas del fallo judicial que ratificó el procesamiento contra Alberto Fernández, los jueces Irurzun y Farah entendieron que «es probable que los delitos se hayan cometido del modo en que fueron descriptos por las partes acusadoras», en referencia a las declaraciones de Fabiola Yáñez: «Era alguien que notoriamente estaba en una situación de desigualdad de poder, al interior y exterior de la pareja, con relación a su victimario».
«Por imperio del sentido común más básico, es razonable presumir que, en ese momento, no guió a sus acciones otra finalidad que pedir algún modo de auxilio sobre una situación que, efectivamente, había pasado, estaba pasando y, evidentemente, seguiría pasando», consideraron.
En contrapartida, el juez Boico puso en duda la veracidad de las pruebas presentadas por Yáñez: “No es posible determinar las fechas y horarios en las que fueron tomadas las fotografías y grabado el video en cuestión”. «No se procuró la totalidad de elementos de prueba disponibles para la corroboración de la hipótesis acusatoria. Es una falencia importante que priva al acto jurisdiccional de adecuado fundamento”, insistió.
Fuente: ÁMBITO
Por: G. Herrera
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