Confirman condenas en San Juan a una banda que tramitaba DNI falsos para estafar

El juez de Casación Penal Gustavo Hornos ratificó las penas para seis integrantes de una organización delictiva que usurpaba identidades para tramitar créditos y comprar electrodomésticos.

La Cámara Federal de Casación Penal, a través del juez Gustavo Hornos, dejó firme la sentencia emitida por el magistrado Daniel Doffo, del Tribunal Oral Criminal de San Juan, contra seis personas involucradas en una red de fraudes e identidad falsa en la provincia.

Los condenados —Dayana Belén José, Dayana Sol Castro Cajal, Flavia de las Mercedes Vargas y Lucas Alfonso González— recibieron penas de 1 año y 8 meses de prisión en suspenso. En tanto, Carlos Fabián Prato fue condenado a 1 año y 10 meses, y Analía Edith Rosales a 2 años y 2 meses, también bajo la modalidad de prisión en suspenso.

Según se probó en la causa, los implicados asistieron entre 2024 y 2025 a la oficina del Registro Civil del departamento Pocito, donde ingresaron sus huellas dactilares y fotografías para gestionar documentos nacionales de identidad a nombre de terceros. La maniobra buscaba utilizar los credenciales apócrifos para solicitar préstamos financieros y adquirir diversos electrodomésticos. Sin embargo, no lograron obtener la documentación debido a la activación de las alertas del Registro Nacional de las Personas (RENAPER).

Durante la etapa de apelaciones, el defensor público oficial Esteban Chervin sostuvo que el delito de falsedad ideológica no admitía la tentativa y que el trámite no había pasado de la fase de actos preparatorios. Asimismo, argumentó una supuesta «tentativa inidónea» por las bajas probabilidades de eludir los controles del organismo.

No obstante, la Justicia desestimó dichos argumentos al remarcar la contradicción de la defensa, dado que previamente otros cuatro miembros del mismo grupo sí habían logrado tramitar la documentación y concretar los fraudes. Al resolver, el juez Hornos ratificó que la falsedad ideológica admite el grado de tentativa en el fuero penal y concluyó que el delito comenzó a ejecutarse en el momento en que los imputados registraron sus datos biométricos en el sistema oficial.

Rivero. C

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