Condenaron al exgimnasta olímpico Federico Molinari por grooming a una adolescente
La Justicia de San Isidro lo halló culpable de contactar con fines sexuales a una menor de 16 años que entrenaba en su gimnasio. Recibió una pena de un año y ocho meses de prisión en suspenso y deberá cumplir reglas de conducta y tratamiento psicológico.
El exgimnasta olímpico argentino Federico Molinari fue condenado a un año y ocho meses de prisión de ejecución condicional tras ser encontrado culpable del delito de grooming contra una adolescente de 16 años que asistía al gimnasio donde él se desempeñaba como entrenador, en la localidad bonaerense de Don Torcuato.
La sentencia fue dictada por la jueza Mariela Quintana, titular del Juzgado Correccional N.º 3 de San Isidro. Además de la pena, el exdeportista deberá fijar domicilio, permanecer bajo supervisión del Patronato de Liberados y realizar durante dos años un tratamiento psicológico con perspectiva de violencia de género.
La investigación fue impulsada por la Fiscalía Especializada en Delitos Conexos a la Trata de Personas, Pornografía Infantil y Grooming de San Isidro, a cargo del fiscal Gonzalo Acosta. Durante el juicio, la acusación estuvo representada por la fiscal Gabriela Conde y por la abogada querellante María Emilia García Márquez, quien actuó en representación de la víctima.
La denuncia y la investigación
El caso se originó en marzo de 2023, cuando la madre de la adolescente denunció que Molinari había mantenido conversaciones de contenido inapropiado con su hija a través de Instagram.
La joven, oriunda de Mendoza, se había instalado en Buenos Aires para continuar su formación en gimnasia de alto rendimiento bajo la dirección del exatleta.
Según determinó la investigación judicial, los mensajes enviados por Molinari se encuadraron en el delito de grooming previsto en el artículo 131 del Código Penal, que sanciona el contacto con menores de edad por medios digitales con fines sexuales. En abril de 2025, la fiscalía solicitó la elevación de la causa a juicio.
Los mensajes incorporados como prueba
Durante el debate oral fueron presentadas conversaciones que, de acuerdo con la acusación, comprometían al exgimnasta.
Entre ellas figuraban mensajes en los que el entrenador elogiaba a la adolescente y le pedía que eliminara el contenido de los chats. También se incorporaron respuestas a publicaciones de la joven y comentarios sobre futuros encuentros en el gimnasio, elementos que fueron valorados por la Justicia al momento de dictar la condena.
La reacción tras el fallo
Luego de conocerse la sentencia, la representante legal de la víctima afirmó que el fallo constituye un reconocimiento judicial de los hechos denunciados y de la responsabilidad penal del exdeportista, aunque consideró que la pena impuesta resulta insuficiente frente al impacto sufrido por la adolescente.
Desde la Fundación Grooming Argentina también se pronunciaron sobre el caso. Su director ejecutivo, Hernán Navarro, sostuvo que el fallo vuelve a poner de manifiesto que este tipo de delitos puede ocurrir en ámbitos donde existe una relación de confianza entre adultos y menores, y planteó la necesidad de revisar las escalas penales vigentes para el delito de grooming, al advertir que muchas condenas terminan siendo de cumplimiento condicional pese a la gravedad de los hechos.
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