Desde la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) dijeron que la medida está orientada sólo a limitar la prescripción de medicamentos de alto costo por parte de cualquier profesional que no sea de cartilla. Pero la norma publicada este lunes en el Boletín Oficial es amplia y en rigor habilita a que las prepagas y obras sociales utilicen ese mismo criterio con cualquier medicamento o tratamiento.

La decisión impactaría en al menos un par de escenarios. En todos los casos, siempre que el afiliado tenga un plan “cerrado”; aquellos que, en principio, no contemplan reintegros. Por un lado, la resolución podría complicar a los pacientes que pretendan ir a la farmacia con una receta hecha por un médico que no está en su cartilla. Por ejemplo, ese clínico histórico o el dentista que cada tanto uno ve en forma particular -para una interconsulta o chequeo de rutina- porque es la persona de confianza de la familia.

  • La Resolución 3934/2024 afecta la emisión de recetas en planes cerrados.
  • Los afiliados deben acudir a médicos de la cartilla para recetas de alto costo.
  • La medida busca la sustentabilidad del sistema y reducir gastos innecesarios.

 

Tras la reciente Resolución 3934/2024 emitida por la Superintendencia de Servicios de Salud en Argentina, que limita la emisión de recetas de fármacos y tratamientos de alto costo en planes de salud cerrados, el ente nacional emitió un comunicado en el cual advirtió que “no representa ninguna modificación en los medicamentos, tratamientos o atención médica de la gran mayoría de los argentinos que utilizan el Sistema de Salud”.

En ese sentido, resaltaron que la norma “será ampliada en los próximos días mencionando el conjunto de enfermedades definidas como de alto precio o catastróficas, entre las cuales se encuentran las oncológicas graves, enfermedades poco frecuentes, trasplantes, atrofia muscular espinal, ELA, enfermedad fibroquística, entre otras”. Este cambio, según argumento el superintendente Gabriel Oriolo, responde a la necesidad de preservar la sustentabilidad del sistema, evitando prescripciones de alto costo que no siempre son necesarias o adecuadas.

En ese tono, el comunicado divulgado en redes sociales asegura que “se denominan de alto precio, o también catastróficas porque hace referencia a un conjunto de enfermedades cuya cura o tratamiento implican un alto costo económico, generan severos daños en la salud de quienes la padecen y su financiación desde el presupuesto de los hogares resulta insustentable”.

“De esta manera, lo que se busca asegurar con esta medida es el derecho de los beneficiarios al acceso de tratamientos, prácticas o medicamentos de estas patologías y que sean debidamente autorizados por los Agentes del Seguro de Salud para garantizar su calidad de atención”, recalcaron.

De qué se trata de la resolución

La resolución afecta principalmente a los beneficiarios de planes cerrados de salud, quienes a partir de ahora deberán acudir exclusivamente a los médicos incluidos en la cartilla de obra social o prepaga para obtener recetas de medicamentos de alto costo. Esta disposición implica que, si el afiliado consulta a un profesional fuera de la red autorizada, no podrá acceder a la opción de reintegro por esa prescripción, una situación que marca un cambio significativo en la forma en que se gestionan los tratamientos de valor elevado.

Desde la Superintendencia de Servicios de Salud, por su parte, argumentaron que este enfoque busca reducir los costos que suponen las prescripciones fuera de la red de médicos, ya que muchas de ellas suelen provenir de profesionales que no están familiarizados con el historial médico del paciente, lo cual puede derivar en tratamientos más costosos o incluso innecesarios. En este sentido, el superintendente Gabriel Oriolo subrayó, en declaraciones radiales: “Queremos asegurar que los recursos del sistema se asignen en forma eficiente y equitativa, ya que esto compromete la sustentabilidad del sistema en sí”.

En contraste, quienes tienen planes abiertos podrán continuar con la flexibilidad de consultar fuera de la cartilla, ya sea por razones de confianza en médicos de larga trayectoria o por recomendaciones de especialistas fuera de su red. Además, estos afiliados podrán recibir reintegros por estas consultas, ya que la normativa excluye a esta modalidad de cobertura para que los beneficiarios mantengan su derecho a elegir entre diversos prestadores sin tener que asumir los altos costos de un tratamiento complejo.

Fuente: Diario de Cuyo

Rivero. C