ARCA: cuáles son las sanciones del Gobierno de Javier Milei a los monotributistas que no se recategoricen
El organismo anunció que el 5 de febrero es la fecha límite para que los monotributistas se recategoricen. Confirmó nuevas medidas para quienes tengan esta obligación y no lo hagan.
Monotributo 2025: qué sucede si tengo que recategorizarme y no lo hago
ARCA informó que, como los importes ya están precargados, el contribuyente solo tiene que revisar que sus montos de facturación anuales no superen el número establecido que tenían como límite y ver si hay alguna diferencia para hacer la recategorización.
Lo que hay que tener en cuanta para hacer este trámite es la facturación, alquileres devengados o si superó o no los montos de la posición anterior. La obligación de hacerlo solo se tiene cuando uno cambia de categoría, ya sea que suba o baje.
Y en caso, de estar obligado a ejecutar el trámite y no hacerlo, ARCA puede recategorizarlo e imponer sanciones económicas: la entidad tributaria podrá recategorizar a los contribuyentes si la información fiscal que posee presume que tuvo durante los últimos 12 meses ingresos brutos superiores a los máximos admitidos para la categoría en la que está. Estos datos los tiene por la emisión de las facturas electrónicas.
Si esto sucede, el contribuyente recibirá una notificación en su domicilio fiscal electrónico hasta el día 19 de febrero. Y aquellos que no estén de acuerdo con la recategorización podrán presentar un recurso de apelación dentro de los 15 días hábiles de notificada la decisión.
Según señalan expertos contables, ARCA puede aplicar como sanción el 50% del impuesto integrado dejado de pagar y de la cotización previsional con destino al SIPA. Además, el infractor también debería el capital de lo que dejó de pagar más intereses.
Monotributo 2025: quiénes tienen que recategorizarse y quiénes no
Solo están obligados a realizar el trámite de recategorización aquellos contribuyentes a los cuales sus facturaciones anuales superen el número establecido que tenían como límite. Es decir, solo deben hacerla cuando uno sube o baja de categoría.
Por lo que, si uno la mantiene no es necesario reconfirmarla, considerando los parámetros de los últimos 12 meses. Además, no deben realizar la recategorización quienes hayan iniciado actividades desde agosto de 2024.
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