Moratoria Provincial: Preguntas frecuentes

Los contribuyentes de San Juan ya pueden acceder a la Moratoria 2024 bajo la Ley N° 2646 – I, un Régimen Especial de Regularización de Obligaciones Tributarias diseñado para aliviar las cargas financieras.

Además de la facilidad de pago en línea, se ofrecen reducciones de intereses para quienes opten por cancelar de contado.

Preguntas Frecuentes sobre la Moratoria de Rentas 2024

1. ¿Qué es el Régimen Especial de Regularización de Obligaciones? Es un sistema creado por la Ley N° 2646 -I de la provincia de San Juan que permite a los contribuyentes y agentes regularizar deudas tributarias vencidas hasta el 31 de marzo de 2024 con beneficios fiscales.

2. ¿Cuál es el objetivo? El propósito principal es ofrecer a los contribuyentes y agentes la oportunidad de regularizar sus deudas tributarias con el Estado provincial, facilitando el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y promoviendo la formalización y transparencia en las relaciones tributarias.

3. ¿Quiénes pueden beneficiarse? Pueden beneficiarse los contribuyentes y responsables de impuestos legislados por la Ley N° 151-I para la Dirección General de Rentas de San Juan, así como los agentes de retención y/o percepción por sus obligaciones tributarias, con deudas vencidas al 31 de marzo de 2024.

4. ¿Cómo puedo acceder a los beneficios de la Ley? Se puede acceder únicamente de forma online a través del sitio web oficial de la Dirección General de Rentas de San Juan, ingresando con la cuenta del Ciudadano Digital.

5. ¿Qué necesito para crear una cuenta del Ciudadano Digital? Se requiere un dispositivo móvil con cámara, DNI, un correo electrónico válido y un número de celular. Se puede descargar la aplicación “Gobierno de San Juan” desde Google Play Store o App Store.

6. ¿Qué debo hacer si no puedo completar el registro del Ciudadano Digital a través de la aplicación móvil? En caso de dificultades, se puede realizar el registro de forma presencial en el Centro Cívico con el DNI actualizado.

 

 

OPERADOR: EUGENIA VILA

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