AFIP: ¿Qué pasa si no justifico de dónde viene el dinero de una transferencia?

A la hora de realizar algunas operaciones, como una transferencia bancaria, AFIP suele aplicar algunos descuentos y retenciones. Los detalles.

 

Al momento de recibir una transferencia bancariaÂpueden surgir dudas sobre qué descuentos o percepciones puede aplicar la AFIP. Pero no todos los casos lo ameritan.

Las retenciones que se suelen cobrar a las transferencias son pagos a cuenta de Ingresos Brutos y/o Bienes Personales. En este sentido, en el caso de los monotributistas, únicamente aplica si estos están adheridos al convenio multilateral, ya que en el caso de desarrollar la actividad en una única jurisdicción, las personas suelen registrarse en el monotributo unificado, el cual no aplica este tipo de retención.

¿Cuál es el monto límite para no justificar el dinero de una transferencia?

El límite que establece AFIP para realizar transferencias sin la necesidad de presentar un justificativo fue actualizado recientemente, y por el contexto inflacionario que se atraviesa es de $400.000 por transacción.

Al superar esa cifra, comienza a existir un riesgo de tener que declarar la procedencia del dinero.

¿Qué hace la AFIP si no se justifica de dónde viene el dinero de una transferencia?

Si sos monotributista o responsable inscripto y no justificas tu dinero, la AFIP puede aplicar sanciones, multas e incluso recategorizar si excedés los límites del monotributo debido a esa transferencia.

Por otra parte, si no estás registrado, el banco podría retener e incluso rechazar la transferencia. Además de solicitarte justificar los fondos. En caso contrario, podrían cerrar tu cuenta y elaborar un Reporte de Operación Sospechosa ante la Unidad de Información Financiera.

En el caso de recibir una transferencia de gran cantidad de dinero en tu cuenta por error tenés que comunicarte con tu banco e informarle sobre la acreditación errónea.

Paso a paso: como justificar el dinero de una transferencia

La documentación más habitual para realizar la justificación del origen de fondos son:

  • Recibos de sueldo y/o haberes jubilatorios
  • Facturación de los últimos meses
  • Certificado de fondos emitido por un contador público
  • Declaratoria del heredero
  • Documentos que acrediten la venta de acciones u empresa
  • Boletos de compraventa, por ejemplo, en el caso de la venta de un vehículo

Fuente: Àmbito

Rivero. C

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