A 40 días del Pacto de Mayo, se demora la ley ómnibus
Pacto de Mayo y fractura expuesta
Con los votos justos, el Gobierno sufre para colmo la fractura de su propio bloque de Diputados, una señal que intranquiliza a los gobernadores. «Si no pueden cumplir los acuerdos dentro de su propio bloque para conformar una comisión, que nos queda a nosotros?«, es la pregunta que atormenta a un mandatario provincial de Juntos por el Cambio dispuesto a acompañar al Gobierno.
Es que la salida de Oscar Zago de la jefatura de LLA en Diputados, que armará su propio bloque de tres integrantes (con quienes pertenecen a su partido político, el Movimiento de Integración y Desarrollo – MID), y el signo de interrogación sobre lo que hará Marcela Pagano en relación a su permanencia a La Libertad Avanza, son señales de alerta. El riesgo de perder votos clave está latente, por más que el desplazado jefe de bloque jure y perjure que se mantendrá fiel al presidente Javier Milei.
La segunda versión de la ley ómnibus, que finalmente cuenta con 279 artículos, es mucho más técnico que el primero. En el primer artículo, el proyecto declara la «emergencia pública en materia administrativa, económica, financiera y energética por el plazo de un (1) año». «Deléguense en el Poder Ejecutivo nacional las facultades dispuestas por la presente ley, vinculadas a materias determinadas de administración y de emergencia, en los términos del artículo 76 de la Constitución Nacional, con arreglo a las bases aquí establecidas y por el plazo dispuesto en el párrafo precedente.
El Poder Ejecutivo nacional informará mensualmente y en forma detallada al Honorable Congreso de la Nación acerca del ejercicio de las facultades delegadas y los resultados obtenidos», indica el texto. Este punto es uno de los principales cambios en relación a la Ley de Bases original, ya que se redujeron las emergencias y tampoco hay posibilidad de prórrogas.
Nueva ley ómnibus
Esta segunda versión también faculta al Poder Ejecutivo «a modificar, transformar, unificar, disolver, liquidar o cancelar los fondos fiduciarios públicos, en los casos en los que no fuera posible hacerlo conforme los procedimientos establecidos en sus normas de creación». Para continuar con el plan de recortes, el proyecto encomienda al PEN «a llevar adelante las privatizaciones» de las empresas públicas y también habla de la disminución de la planta de empleados públicos.
«El personal alcanzado por el régimen de estabilidad que resulte afectado por las medidas de reestructuración que comporten la supresión de órganos, organismos o de las funciones a ellos asignadas, quedará, automáticamente, en situación de disponibilidad por un periodo máximo de hasta doce (12) meses», señala el texto.
La reforma Laboral que plantea la ley es menos ambiciosa que la anterior, incluye cuestiones vinculadas al blanqueo y moratoria para aquellas empresas que regularicen la situación laboral de sus trabajadores. A su vez, promueve extinciones penales, condonación de deuda y la baja del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales.
Otro de los puntos de la ley habla del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional Argentino(FGS) y permite que sea invertido «de acuerdo con criterios de seguridad y rentabilidad adecuados, respetando los lineamientos fijados por esta ley y las normas reglamentarias, de acuerdo con lo establecido en el artículo 8 de la Ley No. 26.425».
Los 279 artículos se ocupan en su mayoría con capítulos referidos a la desregulación económica, el nuevo Tribunal de Defensa de la Competencia y la Agencia de Mercados y Competencia. Además, otro tramo importante se lo llevan las modificaciones a la ley de Hidrocarburos y cuestiones referidas al gas, como la autorización de «las importaciones de gas natural sin necesidad de aprobación previa».
En ese capítulo, se crea «el Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad el que, una vez constituido, reemplazará y asumirá las funciones del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), creado por el artículo 54 de la Ley N° 24.065, y el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS), creado por el artículo 50 de la Ley N° 24.076».
Fuente: ÀMBITO
Por: Graciela Herrera
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