Condena de 3 años sin encierro para hombre que admitió la muerte de su cuñado en Rawson

 

Bruno Ricardo Monzón (49) fue sentenciado a una pena de 3 años de prisión condicional por el delito de homicidio preterintencional, tras la muerte de su cuñado Eduardo Gómez López (56) en Rawson.

 

El veredicto se dio en el marco de un juicio abreviado, donde Monzón reconoció su responsabilidad en el hecho. La Fiscalía utilizó esta figura legal considerando que Monzón tenía la intención de causar daño físico a su cuñado, pero no la muerte, ya que se presume que el medio empleado para el ataque, un golpe de puño, no debería haber tenido la capacidad de provocar ese desenlace fatal.

 

El acuerdo de la pena fue alcanzado entre el fiscal Francisco Pizarro de la UFI Delitos Especiales, asistido por Ignacio Domínguez, y el abogado defensor de Monzón, Juan Carlos González.

 

El juez Alberto Caballero homologó este acuerdo a pesar de la oposición de César Oro, representante de la querella. Es importante destacar que la homologación del acuerdo no requiere la aprobación de la parte querellante, ya que no es vinculante.

 

El trágico incidente tuvo lugar el 1 de octubre, cuando se desató una discusión entre Monzón y su cuñado, quienes convivían en una misma propiedad en Rawson. Durante el altercado, Monzón propinó un golpe de puño a Gómez López, quien requirió hospitalización y, tras 30 días de internación, lamentablemente falleció.

 

La sentencia impuesta conlleva el cumplimiento de 3 años de prisión condicional para Monzón, lo que significa que no será encarcelado de inmediato, pero estará bajo supervisión y deberá cumplir con ciertas condiciones establecidas por el tribunal.

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