Causa Acueducto Gran Tulum: la Fiscalía evalúa una inédita notificación a los sospechados antes de definir la imputación

La UFI Delitos Especiales contempla recurrir al artículo 338 del Código Procesal Penal para informar formalmente a las partes implicadas sobre la investigación preliminar, un paso que les otorgaría acceso al expediente antes del límite fijado para noviembre.

En el marco de la investigación por presuntas irregularidades y sobreprecios en la megaobra del Acueducto Gran Tulum, el Ministerio Público Fiscal de San Juan analiza aplicar una medida inusual dentro del sistema acusatorio: notificar formalmente a los posibles involucrados de que están siendo investigados.

Esta vía legal, respaldada por el artículo 338 del Código Procesal Penal provincial, está contemplada para la etapa previa a la formalización de la investigación. De concretarse, la notificación facultará a las personas sospechadas a presentarse con patrocinio letrado particular o solicitar la asistencia de un defensor oficial, posibilitando así un “control judicial anterior a la formalización de la investigación penal preparatoria”. La decisión sobre este paso procesal se espera en el corto plazo, ya que la UFI Delitos Especiales cuenta con plazo estricto hasta los primeros días de noviembre para determinar si solicita la apertura formal de la causa (IPP), o bien opta por desestimar o archivar la denuncia.

Allanamientos y antecedentes inmediatos

La adopción de este instrumento legal cobra fuerza tras los recientes operativos judiciales. A principios de mes, los fiscales Francisco Pizarro y Sebastián Gómez encabezaron una serie de allanamientos en las oficinas de la firma Krah —proveedora de las tuberías para el proyecto—, donde se secuestró documentación contable y equipamiento informático bajo la sospecha de provisión de caños defectuosos y sobreprecios. Asimismo, se incautó material perteneciente al representante legal de la empresa. Debido a que la Fiscalía prevé realizar peritajes sobre las computadoras secuestradas —procedimientos calificados como medidas probatorias irreproducibles—, la legislación exige la notificación oficial a la contraparte para garantizar su derecho de defensa durante el peritaje.

A la par de estas medidas, la defensa técnica de los expresidentes de OSSE, Sergio Ruiz y Guillermo Sirerol, a cargo del abogado Nasser Uzair, intentó previamente acceder a las actuaciones procesales y requerir la producción de pruebas. Sin embargo, la jueza de Garantías, Mónica Lucero, rechazó las peticiones basándose en que, hasta la fecha, los exfuncionarios no revisten la calidad de parte notificada en el expediente.

Encuadre legal y plazos definitivos

El artículo 338 rige la investigación previa e impone que, una vez identificado el potencial autor de un hecho punible, el representante del Ministerio Público Fiscal debe comunicarle la existencia del proceso en su contra y sus derechos. Una vez realizada dicha comunicación, los implicados pueden requerir información concreta sobre las diligencias ejecutadas y pendientes. En caso de objeciones por parte de la Fiscalía, los investigados quedan habilitados para acudir a un juez de Garantías para fijar plazos de definición.

La causa se originó en diciembre de 2025 a raíz de una denuncia interpuesta por el abogado Marcelo Arancibia tras publicaciones periodísticas. La investigación contempla la posible comisión de delitos como negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública, malversación de caudales públicos, administración fraudulenta, defraudación, dádivas y violación de los deberes de funcionario público. Tras la prórroga de 90 días concedida por la Justicia, el plazo final para que el Ministerio Público defina si formaliza la imputación vence en noviembre.

Rivero. C

Los comentarios están cerrados.