El contrapunto entre el Gobierno y PBA por la suspensión de la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil
Patricia Bullrich, Diego Santilli y Luis Petri cuestionaron a Axel Kicillof tras la medida cautelar dictada por la jueza Marta Elba Pascual, mientras el ministro de Seguridad bonaerense, Javier Alonso, reclamó los fondos que, según dijo, la Nación le niega a la Provincia para aplicar la reforma
La orden judicial que frenó la vigencia del nuevo Régimen Penal Juvenil en la provincia de Buenos Aires abrió, apenas horas después de conocerse, un cruce directo entre la Casa Rosada y la administración de Axel Kicillof.
La ofensiva la encabezó Patricia Bullrich, senadora y ex ministra de Seguridad e impulsora de la ley, quien escribió en sus redes sociales que en la Provincia “tenés a Kicillof, que se pone del lado de los delincuentes, mientras los bonaerenses viven enrejados, con miedo y sin que nadie les dé seguridad”.
El reproche no quedó ahí. Bullrich sumó un segundo mensaje en el que apuntó contra el sistema judicial provincial: “Tienen una Justicia provincial garantista que los deja libres para que sigan robando, asesinando y destruyendo familias. Qué terror vivir en una provincia que ignora a los argentinos de bien, donde el delincuente tiene vía libre y, si las hace, no las paga”, sostuvo.

El jefe de Gabinete, Diego Santilli, se sumó horas después con un planteo similar: “Aturde el silencio de Kicillof ante la suspensión del nuevo Régimen Penal Juvenil. En la provincia si un delincuente de 14 años te mata para robarte, queda impune. Una vez más, el gobernador del lado del delincuente, nunca de la víctima”. El mensaje contó con el respaldo explícito del presidente Javier Milei.

El diputado nacional Luis Petri fue por el mismo camino, aunque con un dato adicional: cuestionó a la jueza que firmó la medida por su supuesta afiliación política. “El nuevo Régimen Penal Juvenil duró dos días en la provincia de Buenos Aires porque una jueza kirchnerista hoy ya decidió suspenderlo”, escribió, y agregó que “aprobamos esta ley para terminar con la impunidad de quienes delinquen siendo menores, no hay excusa para no aplicarla”. El dirigente Sebastián Pareja, por su parte, calificó la resolución como “profundamente antidemocrática” y remarcó que la norma “no fue una decisión unilateral del Ejecutivo nacional”, sino el resultado de un proceso legislativo que atravesó todas las instancias del Congreso.
El ministro de Seguridad bonaerense respondió a Santilli

La respuesta desde La Plata no tardó en llegar. El ministro de Seguridad bonaerense, Javier Alonso, contestó de manera directa al planteo de Santilli y le pidió que se concentre en “hacer el trabajo que tiene que hacer y en devolverles a los bonaerenses los recursos que les han quitado”.
Alonso introdujo un cuestionamiento de fondo sobre la aplicación de la reforma: “¿No hacen falta nuevos juzgados y fiscalías especializadas, centros de reclusión, infraestructura y personal para aplicar una reforma de esta magnitud? ¿Dónde están los fondos que Milei les niega a los bonaerenses para hacerlo posible?”, preguntó.
El funcionario provincial fue más allá y calificó la reforma impulsada por Nación como “apenas una modificación en los papeles” y “un eslogan de campaña” ante la falta de recursos e inversión para su implementación.
Además, cuestionó por qué Santilli le reclamaba al Poder Ejecutivo una decisión que, según remarcó, corresponde al Poder Judicial: “¿No estamos en una República acaso? O será que mostrar indignación por redes sociales es lo único que saben hacer por los argentinos”, cerró en su publicación.
Los fundamentos del fallo judicial

La medida que encendió la polémica fue dictada por la jueza Marta Elba Pascual, titular del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N° 2 de Lomas de Zamora, apenas 48 horas después de que la Ley N° 27.801 entrara en vigencia. La magistrada hizo lugar a un hábeas corpus preventivo colectivo presentado por la Federación Familia Grande Hogar de Cristo en beneficio de los adolescentes privados de su libertad, lo que derivó en la paralización temporal de la norma en todo el territorio bonaerense por 60 días.
El eje de la resolución no giró en torno a la constitucionalidad de la ley, sino a la falta de infraestructura y recursos materiales del Estado provincial para absorber el incremento de jóvenes que ingresarían al sistema penal. La nueva legislación reduce la edad de imputabilidad de los 16 a los 14 años, lo que habilita el procesamiento judicial de adolescentes de esa franja etaria por los delitos contemplados en el Código Penal. Pascual argumentó que esta modificación generará un aumento considerable en la cantidad de menores detenidos, tanto por el flujo de nuevos ingresos como por la mayor permanencia dentro del sistema de encierro, y puso en duda si la provincia cuenta con las condiciones edilicias, institucionales y profesionales necesarias para albergar a esa población bajo los estándares que exigen los derechos humanos de la niñez.
En declaraciones a Now 97.9 tras la firma del fallo, la jueza defendió su postura y aclaró que no está en desacuerdo con la baja de la edad de imputabilidad. “No romantizo con los chicos que salen con un arma, pero lo que creo que está pésimo es que hay como una sensación de que con esta ley le vamos a dar seguridad a la gente. Yo soy del Conurbano, y con esta ley no vamos a crear más seguridad”, planteó. Ante las críticas de Bullrich, respondió de manera puntual: “Yo garantista soy de la ley y, además de la ley, quiero seguridad. Tengo hijos, camino todo el día por el conurbano y quiero vivir tranquilamente”.
A diferencia de otros funcionarios nacionales, el Ministerio de Capital Humano no se refirió de manera directa contra la medida judicial. Sin embargo, compartió un posteo que retuiteó el propio Milei, en el que se señalaba que la Ley N° 27.801 establece que, desde los 14 años, los adolescentes pueden responder penalmente por los delitos que cometan, y que amenazar a una escuela, portar armas, planificar ataques, vender o distribuir sustancias ilegales o difundir imágenes íntimas son conductas tipificadas como delito.
Qué establece la reglamentación nacional

Un día antes del fallo, el Gobierno nacional había reglamentado la Ley N° 27.801 mediante el Decreto 875/2026, firmado por Milei, el ministro de Justicia Juan Bautista Mahiques y el propio Santilli. La reglamentación designó al Ministerio de Justicia como autoridad de aplicación, con la responsabilidad de coordinar el sistema, dictar normas complementarias y celebrar convenios con provincias, universidades y organizaciones de la sociedad civil.
El nuevo esquema prohíbe las condenas a prisión perpetua para menores de edad y fija un máximo de 15 años de privación de la libertad, que deberá cumplirse exclusivamente en centros especializados y sin contacto con adultos. Incorpora también penas alternativas como la reparación del daño, tareas comunitarias, restricciones de acercamiento y el uso de tobilleras electrónicas. Para el seguimiento individual de cada joven, el decreto creó la figura del “supervisor especializado”, un profesional con formación en psicología, trabajo social, pedagogía o áreas afines, y dispuso un registro transitorio de habilitados con un plazo máximo de 180 días para realizar la primera convocatoria pública definitiva.
Cuál es el plazo para resolver la implementación
La jueza Pascual planteó un objetivo concreto para el período de suspensión: que en esos 60 días los poderes del Estado se pongan de acuerdo sobre quién será el supervisor de cada joven, con qué recursos contarán los centros de detención y cómo se implementarán las medidas alternativas que la propia ley contempla. “Lo que pido es que nos pongamos todos de acuerdo y no que, si no pasa nada, sea solo encerrarlo, o que haya provincias donde están haciendo una pared y mandándolos a la cárcel común”, advirtió la magistrada.
La resolución judicial ordenó, además, al Ministerio de Seguridad, al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y al Organismo Provincial de Niñez y Adolescencia de la provincia de Buenos Aires que adopten de manera inmediata las medidas necesarias para operativizar la suspensión. Pascual convocó a una audiencia en la sede del tribunal para el 16 de septiembre, en la que las autoridades del Poder Ejecutivo provincial vinculadas a la temática deberán detallar qué acciones implementaron, cuáles tienen proyectadas y en qué plazos prevén ejecutarlas para adecuar el sistema a las exigencias de la nueva normativa.
Fuente: Infobae
Rivero. C
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