Condenado por grooming y tenencia de material de explotación infantil, pero continuará en libertad
Pese a la gravedad de los cargos, la condena dictada por el juez de Garantías Guillermo Adárvez —tras el acuerdo alcanzado entre el Ministerio Público Fiscal y la defensa oficial— fue de 1 año y 4 meses de prisión de ejecución condicional.
En el transcurso de este lunes, un nuevo fallo judicial sacudió a la provincia de San Juan tras resolverse mediante un juicio abreviado la situación procesal de Lucas Miranda (25). El joven, residente en el departamento Rawson, fue hallado penalmente responsable de los delitos de grooming y tenencia de material de explotación sexual infantil agravado, este último por tratarse de víctimas menores de 13 años.
Pese a la gravedad de los cargos, la condena dictada por el juez de Garantías Guillermo Adárvez —tras el acuerdo alcanzado entre el Ministerio Público Fiscal y la defensa oficial— fue de 1 año y 4 meses de prisión de ejecución condicional. De este modo, al tratarse de una pena en suspenso, Miranda no ingresará a un establecimiento penitenciario y continuará en libertad, bajo el cumplimiento de estrictas reglas de conducta fijadas por la Justicia.
El origen de la investigación
El caso comenzó a gestarse a partir de dos reportes informáticos independientes —derivados de alertas internacionales sobre ciberdelitos— que pusieron en la mira las maniobras digitales del acusado a través de la red social Instagram:
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El engaño y acoso (Grooming): La pesquisa determinó que Miranda utilizó una cuenta vinculada a su teléfono celular para crear un perfil falso en el que simulaba ser mujer. Bajo esa fachada, contactó a un adolescente de 16 años, entabló conversación y le exigió el envío de imágenes íntimas.
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El material de explotación: Un segundo informe técnico complicó drásticamente su situación judicial al constatar que, el pasado 6 de marzo, desde una cuenta asociada a su persona se descargaron y almacenaron al menos 12 archivos audiovisuales que contenían registros explícitos de abuso sexual infantil. La causa se agravó debido a que los peritajes confirmaron que los menores involucrados en los videos tenían menos de 13 años.
Frente a la contundencia de las pruebas digitales y periciales reunidas por la UFI ANIVI, el imputado reconoció los hechos, allanando el camino para que las partes cerraran un juicio abreviado que culminó en la polémica sentencia.
Este tipo de fallos mediante juicios abreviados vuelve a abrir el debate social sobre el alcance de las penas de ejecución condicional frente a delitos complejos vinculados a la integridad de niños, niñas y adolescentes en entornos digitales.
POR LIC. EUGENIA VILA
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