La Justicia de San Juan reconoció como laboral el vínculo de un repartidor de Pedidos Ya y ordenó indemnizarlo

El trabajador sufrió un accidente en 2020 que le provocó paraplejia. El juez Gonzalo Caballero consideró que existió una relación de dependencia y condenó a Pedidos Ya y Repartos Ya a pagar una indemnización. La sentencia fue apelada y ahora será revisada por la Cámara Laboral.

La Justicia laboral de San Juan dictó una resolución que reconoce como relación de dependencia el vínculo entre un repartidor y las empresas vinculadas a Pedidos Ya, y ordenó el pago de una indemnización por distintos conceptos laborales y derivados de un accidente de trabajo.

El caso se originó a partir de un grave accidente de tránsito ocurrido el 11 de noviembre de 2020, que dejó al trabajador con una incapacidad laboral total y paraplejia.

Tras el accidente, el repartidor solicitó que se reconociera su relación laboral y que se le otorgara cobertura médica en el marco de la Ley de Riesgos del Trabajo. Ante el rechazo de la empresa, inició una demanda ante el Quinto Juzgado del Trabajo.

El vínculo laboral, en el centro de la discusión

El juez Gonzalo Caballero consideró que, pese a la modalidad de prestación del servicio, estaban acreditados los elementos propios de una relación de dependencia. En consecuencia, resolvió que al trabajador le correspondían los derechos establecidos por la Ley de Contrato de Trabajo.

El magistrado también entendió que la falta de registración adecuada de la relación laboral configuró las condiciones para considerar que existió un despido indirecto.

A partir de ese criterio, hizo lugar parcialmente al reclamo y condenó a Pedidos Ya y Repartos Ya al pago de una indemnización.

También deberán responder por el accidente

La resolución incluyó además la responsabilidad de las empresas por las consecuencias derivadas del accidente, debido a que ninguna de ellas había contratado una Aseguradora de Riesgos del Trabajo.

El trabajador había reclamado una suma superior a los $106 millones. El juez reconoció algunos de los rubros solicitados y rechazó otros, por lo que el monto definitivo deberá establecerse mediante la liquidación correspondiente una vez que la sentencia quede firme.

Por qué no se aplicaron las reformas laborales

Uno de los puntos centrales de la sentencia fue determinar qué legislación debía utilizarse para analizar el vínculo.

El accidente ocurrió en noviembre de 2020 y el despido indirecto se produjo en enero de 2022, varios años antes de la entrada en vigencia de las reformas laborales posteriores.

Por ese motivo, Caballero sostuvo que no correspondía aplicar a

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