Proyecto Vicuña: qué abarca el acuerdo y cómo funciona el límite de los 75 kilómetros
El convenio entre San Juan y Vicuña no se circunscribe a Josemaría y Filo del Sol. El Adjunto A incorpora un conjunto más amplio de derechos mineros y establece que el régimen de regalías del 3% puede alcanzar a futuros yacimientos que se incorporen al proyecto dentro de un radio de 75 kilómetros.
El acuerdo firmado entre San Juan y Vicuña Argentina define un universo de activos mineros más amplio que los dos grandes depósitos que concentran actualmente la atención: Josemaría y Filo del Sol.
La diferencia no es menor. El alcance del denominado Proyecto Vicuña determina qué propiedades quedan comprendidas por el régimen de regalías previsto en el convenio y también establece bajo qué condiciones podrían incorporarse nuevos yacimientos en el futuro.
Según el Adjunto A, actualizado al 3 de junio de 2026, el proyecto incluye derechos mineros, cateos, manifestaciones de descubrimiento, servidumbres y solicitudes vinculadas con el desarrollo del emprendimiento.
A partir de esa definición, el acuerdo establece un régimen de regalías del 3% durante toda la vida útil del proyecto. Además, contempla una extensión para otros yacimientos que Vicuña explote dentro de un radio de 75 kilómetros desde los límites externos del Proyecto Vicuña, siempre que se cumplan las condiciones fijadas en el convenio.
Vicuña abarca más que Josemaría y Filo del Sol
Josemaría y Filo del Sol son los dos depósitos principales del desarrollo y se encuentran separados por aproximadamente 10 a 11 kilómetros.
El plan contempla que ambos compartan parte de la infraestructura necesaria para la operación, como caminos, energía, campamentos, logística y una planta concentradora.
Sin embargo, desde el punto de vista jurídico, el Proyecto Vicuña tiene una extensión mayor.
El Adjunto A incorpora, entre otros activos, Josemaría 1 a 7, Río Blanco 1, Batidero I y II, Nacimiento 2, Vicuña 1 a 8 y Caballo I y II.
También incluye manifestaciones de descubrimiento correspondientes a Río Blanco II a XV, solicitudes de Josemaría 8 a 12 y distintas servidumbres relacionadas con caminos, campamentos, agua e infraestructura.
La inclusión de estos nombres no implica que cada uno corresponda a una mina independiente. Se trata de derechos y propiedades que forman parte del conjunto definido contractualmente como Proyecto Vicuña.
La diferencia entre Proyecto Vicuña y Distrito Vicuña
Otro punto relevante es diferenciar el Proyecto Vicuña del Distrito Vicuña.
El Distrito Vicuña es una denominación de carácter geológico que comprende un área más amplia. El convenio entre la Provincia y la empresa, en cambio, utiliza una definición específica de Proyecto Vicuña.
Por eso, la cercanía geográfica por sí sola no alcanza para que un nuevo yacimiento quede automáticamente incluido en el régimen acordado.
Para ingresar a ese esquema deben cumplirse las condiciones previstas: el yacimiento debe encontrarse dentro de San Juan, ser explotado por Vicuña y ser incorporado formalmente al Proyecto Vicuña.
Qué significa el límite de 75 kilómetros
La referencia a los 75 kilómetros es uno de los puntos centrales del acuerdo porque determina el alcance territorial que podría tener el régimen hacia el futuro.
El radio no se mide desde Josemaría ni desde el centro del proyecto, sino desde los límites externos del Proyecto Vicuña.
De esta manera, si Vicuña desarrolla en el futuro otro yacimiento ubicado dentro de ese radio, y ese activo cumple las condiciones establecidas para incorporarse al emprendimiento, podrá quedar alcanzado por el mismo esquema de regalías.
La importancia económica de esta cláusula radica precisamente en que el 3% no queda circunscripto a los recursos que hoy se conocen como Josemaría y Filo del Sol.
El convenio establece que ese régimen se mantiene durante toda la vida útil del Proyecto Vicuña y puede extenderse a los nuevos yacimientos que ingresen bajo la regla de los 75 kilómetros.
Sobre qué se calcula la regalía
El porcentaje acordado se aplica sobre los ingresos o el valor bruto de comercialización de los minerales, de acuerdo con las condiciones establecidas en el convenio.
La Provincia, a su vez, conserva facultades de control sobre la documentación y los precios utilizados para determinar la base correspondiente.
Esto significa que la discusión sobre el 3% no se limita solamente al porcentaje. También resulta relevante definir qué activos quedan comprendidos, durante cuánto tiempo y bajo qué condiciones pueden incorporarse nuevos proyectos al régimen.
Una cláusula con impacto hacia el futuro
Los 75 kilómetros funcionan, entonces, como una herramienta para determinar el posible crecimiento del universo alcanzado por el acuerdo.
El punto central es que un nuevo yacimiento no queda incluido únicamente por estar cerca de Josemaría o Filo del Sol. Debe cumplir las condiciones previstas y ser incorporado al Proyecto Vicuña.
Por eso, la definición del proyecto incluida en el convenio y el radio de 75 kilómetros son dos elementos estrechamente vinculados: el primero determina el punto de partida y el segundo establece hasta dónde podría extenderse el régimen hacia nuevos desarrollos.
En otras palabras, el acuerdo no solo regula el proyecto minero que hoy está en desarrollo. También fija reglas para eventuales incorporaciones futuras y, con ellas, el esquema de regalías que podría aplicarse durante la vida útil de esos proyectos.
Los comentarios están cerrados.