Condenado por apuñalar a su expareja en Pocito, pero evitará la cárcel gracias a un juicio abreviado
Franco Santiago Navarro saltó la medianera de la víctima, la golpeó e hirió en el pecho pese a tener una prohibición de acercamiento vigente. Recibió un año de prisión en suspenso.
En un polémico fallo que vuelve a poner la lupa sobre las sanciones en casos de violencia de género, la Justicia de San Juan benefició con la libertad condicional a Franco Santiago Navarro, el hombre que irrumpió en la casa de su expareja en Pocito, la desmayó a golpes y la atacó con un elemento punzante.
El violento episodio ocurrió durante la madrugada del pasado 22 de julio. Cerca de la 1:00 AM, Navarro trepó y saltó la pared posterior de la vivienda para ingresar de manera ilegítima. Sorprendió a la víctima por la espalda mientras ella se encontraba en la cocina junto a su hijo menor de edad. Sin mediar palabra, le propinó un fuerte puñetazo en la cabeza y el rostro que la dejó inconsciente en el acto.
Al reaccionar, la mujer descubrió que su agresor le había infligido un corte en la zona del pecho antes de darse a la fuga por el mismo lugar por el que había entrado. Desesperada, pidió ayuda a sus familiares, quienes alertaron de inmediato al 911. Minutos después, el personal policial arribó al domicilio y encontró a la víctima intentando contener con una toalla la hemorragia causada por la herida, la cual posteriormente fue calificada por los médicos como un corte superficial en la mama izquierda.
Gracias a un operativo cerrojo, los efectivos lograron aprehender a Navarro unos 40 minutos más tarde en el cruce de calles Independencia y Jocolí Uno. Al momento de la detención, el sujeto presentaba lesiones autoinfligidas.
Pese a que el agresor violó de forma directa una orden de restricción impuesta por la Justicia desde septiembre de 2025, el fiscal Fernando Bonomo (UFI CAVIG) acordó con la defensa la realización de un juicio abreviado. Navarro admitió su culpabilidad por los delitos de lesiones leves agravadas por el vínculo, violación de domicilio y desobediencia a una orden judicial en concurso real. La sentencia fijó una pena de un año de prisión de ejecución condicional, lo que le permitirá cumplir la condena en libertad sin pisar el penal.
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