San Juan reguló las apps de transporte: cuáles son las exigencias y el costo de las multas para los choferes
El decreto reglamentario de la nueva Ley de Transporte fija duros requisitos para Uber y Didi, elimina el histórico alquiler de licencias de taxis y reduce tasas a los colectivos. Las multas por no estar registrado superan los $14 millones.
El Gobierno de San Juan dio un paso clave hacia la modernización y el ordenamiento del transporte público tras publicar en el Boletín Oficial el decreto reglamentario N° 05 de la nueva Ley de Transporte. La medida saca de la “zona gris” a los vehículos que prestan servicios a través de plataformas digitales como Uber o Didi, igualando las exigencias con los taxis y remises tradicionales, y endurece drásticamente las sanciones por incumplimiento.
La ministra de Gobierno, Laura Palma, destacó que la norma busca poner en igualdad de condiciones a todos los actores del sistema sin quitarle al usuario la posibilidad de elegir cómo viajar.
Radiografía de las nuevas exigencias para Uber y Didi
Para poder circular y trabajar legalmente en la provincia, los choferes de las aplicaciones deberán cumplir con una estricta lista de requisitos:
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Documentación y seguro: Será obligatorio contar con licencia de conducir profesional y un seguro especial para transporte de pasajeros (ya no bastará con el seguro contra terceros).
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Condiciones del vehículo: Los autos deben estar radicados en San Juan, tener el Impuesto Automotor (patente) al día, contar con la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) aprobada y una antigüedad máxima de 10 años.
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Tecnología de control: Las unidades deben poseer obligatoriamente sistemas de geolocalización (GPS) y exhibir un código QR (Certificado de Registración Digital). Este código permitirá que tanto los inspectores como los propios usuarios verifiquen en tiempo real si el chofer y el auto están habilitados.
El fin del “alquiler de licencias” y el nuevo registro digital
La nueva normativa elimina por completo el antiguo sistema que permitía el alquiler de licencias de taxis y remises, un negocio concentrado que obligaba a los choferes a estar adheridos a agencias y pagar frecuencias obligatorias, elevando sus costos diarios.
A partir de ahora, todo prestador (colectivos, taxis, remises, apps y transporte escolar) deberá inscribirse en el Registro Provincial de Transporte (Reprotran).
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Trámite 100% digital: El Gobierno calcula que la plataforma online estará lista a fines de julio de 2026. Cruzará datos automáticos con el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor y la Agencia Nacional de Seguridad Vial para validar identidades, licencias y titularidades al instante.
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Migración automática: Quienes ya cuenten con habilitación vigente en la Secretaría de Tránsito y Transporte no tendrán que hacer el trámite de cero; sus datos estarán precargados y sólo deberán confirmarlos en el sistema.
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Multas millonarias: Trabajar en la informalidad y no registrarse pasó a ser una falta gravísima. Quienes presten servicio de manera ilegal afrontarán multas que arrancan en los $14.800.000.
Cambios en el servicio de colectivos
La reglamentación también introdujo modificaciones técnicas de peso para las empresas concesionarias del servicio regular de pasajeros:
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Baja de tasas: Se redujo del 3% al 2% la Tasa Regulatoria mensual que las empresas abonan sobre su recaudación bruta.
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Modernización de flota: Se permite que las empresas adquieran hasta el 50% de sus colectivos a través del sistema de leasing (alquiler con opción a compra). Las unidades tampoco podrán superar los 10 años de antigüedad.
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Menos concentración: Se achicó al 25% el tope máximo del parque móvil total que puede tener adjudicado una sola empresa o grupo en la provincia.
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Reducción de frecuencias: Para solicitar una baja parcial del servicio, las empresas deberán acreditar ante el Gobierno una caída igual o superior al 30% en la demanda de pasajeros comparado con el mismo mes del año anterior.
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