Revolución digital en el transporte de San Juan: llega el control por GPS, código QR y auditoría estricta a los subsidios

Tras la publicación del decreto reglamentario de la Ley 2799-A, la provincia cambia las reglas del juego para colectivos, taxis, remises y plataformas digitales. Habrá un registro unificado y penalizaciones severas.

La nueva Ley Provincial de Transporte ya es una realidad efectiva en San Juan tras la publicación del Decreto Reglamentario Nº 000005-MG-2026. La normativa no solo reconfigura las habilitaciones para todas las modalidades de traslado de pasajeros y carga, sino que introduce un fuerte componente tecnológico orientado a la fiscalización en tiempo real y al control financiero de las empresas.

A partir de ahora, la autoridad de aplicación administrará el Registro Provincial de Transporte (Re.Pro.Tran.), un sistema informático integrado que unificará las bases de datos de prestadores, choferes, vehículos y el historial de sanciones.

Control digital en la calle y QR obligatorio

Ningún servicio de transporte podrá circular sin su Certificado de Registración Digital. Este documento contará con un código QR obligatorio que los inspectores y las fuerzas de seguridad escanearán en la vía pública.

Al instante, las autoridades podrán verificar:

  • La autenticidad y vigencia de la habilitación.

  • La póliza de seguro.

  • La licencia profesional del chofer.

Sanción inmediata: Si los datos del escaneo no coinciden con la operación efectiva en la calle, el servicio quedará inhabilitado de pleno derecho en el acto.

Los requisitos para inscribirse en el Re.Pro.Tran.

Para poder operar en la provincia, tanto empresas como conductores deberán registrarse cumpliendo con los siguientes datos respaldatorios:

  • Prestadores: Identificación completa o societaria, CUIT activa, domicilio constituido y electrónico en San Juan, teléfono, modalidad del servicio y nómina de vehículos/choferes.

  • Conductores: Identificación personal, CUIL, domicilio físico y electrónico en la provincia, teléfono y Licencia Nacional de Conducir profesional vigente (según el Decreto Nacional Nº 196-2025).

  • Vehículos: Dominio, marca, modelo y título de propiedad o contrato de leasing radicado en San Juan.

GPS obligatorio para plataformas y el usuario como inspector

Para las modalidades de transporte no regular —como plataformas digitales (Apps), taxis, remises y servicios contratados— el decreto exige la instalación y funcionamiento permanente de sistemas de geolocalización (GPS). La Provincia rastreará el origen, destino y recorrido exacto de los viajes; la falta de transmisión o manipulación de estos datos será motivo de inhabilitación inmediata.

Por otro lado, los pasajeros de colectivos tendrán un rol activo en la fiscalización. Cada unidad de línea deberá exhibir obligatoriamente un código QR vinculado al Re.Pro.Tran. A través de este, los usuarios podrán denunciar en tiempo real fallas en las frecuencias, el mal estado del coche o la mala conducta del chofer.

Lupa sobre los subsidios y advertencia de incautación

El transporte público regular de pasajeros también sufrirá un estricto control financiero. La Autoridad de Aplicación cruzará permanentemente las declaraciones juradas de las empresas con los datos del sistema SUBE.

Las reglas económicas se vuelven severas: las empresas deben abonar una Tasa Regulatoria equivalente al 2% de su recaudación bruta. Si registran una mora de más de tres meses continuos en este pago, se les dará la caducidad de la concesión.

Para garantizar que los sanjuaninos no se queden a pie, la ley previó un blindaje: si se declara la caducidad y la empresa se niega a prestar el servicio de manera subsidiaria, el Estado provincial está facultado para incautar de forma preventiva los colectivos, talleres e instalaciones para operarlos por sí mismo o mediante terceros.

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