La disputa judicial por el uso de un terreno en el Cerro Coronel, en el departamento Iglesia, dio un giro a favor de la empresa minera Barrick luego de que la Corte de Justicia anulara un fallo clave de la Cámara Civil y ordenara dictar una nueva sentencia.
El conflicto gira en torno a un predio donde se encuentra instalada una antena de comunicación utilizada, entre otros, por la mina Veladero, uno de los principales proyectos mineros de la provincia. La decisión del máximo tribunal implica que otra sala deberá intervenir y emitir un nuevo fallo, esta vez contemplando una serie de pruebas que, en principio, favorecerían la posición de la compañía.
Hasta ahora, la Sala I de la Cámara Civil había sostenido que la empresa no contaba con una servidumbre minera ni con autorización de la propietaria del terreno para utilizar la antena. Esa interpretación dejaba abierta la posibilidad de que la dueña dispusiera de las instalaciones, lo que podía afectar las comunicaciones del emprendimiento.
Sin embargo, la Corte consideró que ese fallo fue “arbitrario por omisión”, al no haber analizado elementos probatorios que podían resultar determinantes para la resolución del caso. Por ese motivo, resolvió anularlo y remitir el expediente para que se dicte una nueva sentencia.
El origen del conflicto se remonta a 2023, cuando la empresa inició una acción de tutela preventiva contra la propietaria del terreno, Irene Leonardi, para impedir el retiro de la antena o cualquier intervención que afectara su funcionamiento. En ese planteo, Barrick sostuvo que contaba con una servidumbre minera otorgada por una resolución del Consejo de Minería.
En primera instancia, la Justicia falló a favor de la propietaria al considerar que la documentación presentada por la empresa hacía referencia a otro inmueble. Además, la minera fue condenada a pagar cerca de 969 mil dólares por el uso del terreno durante aproximadamente 18 años sin autorización.
Si bien esa multa fue posteriormente dejada sin efecto, el punto central —el derecho de uso del predio— seguía en discusión.
Ahora, la Corte puso el foco en documentación que no fue valorada en instancias anteriores. Entre ellas, un certificado de la Escribanía de Minas que acreditaría la existencia y vigencia de una servidumbre que incluiría el terreno en cuestión.
También señaló que no se analizó debidamente el hecho de que la antena lleva instalada cerca de 18 años, ni publicaciones del Boletín Oficial que ubicarían esas instalaciones dentro del área afectada a servidumbre.
Con estos argumentos, el máximo tribunal ordenó dejar sin efecto el fallo previo y remitir la causa para que otra sala dicte una nueva resolución, incorporando todos los elementos probatorios. El desenlace del caso será clave para definir si la empresa puede continuar utilizando el predio o si la propietaria recupera el control total sobre el mismo.
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