La Corte de Justicia cerró la causa y ratificó la condena de 10 años contra el padre Walter Bustos

El máximo tribunal provincial rechazó un último planteo de la defensa por errores formales y dejó firme la sentencia por abuso sexual agravado. Al cura solo le queda recurrir a la Corte Suprema de la Nación.

La Corte de Justicia de San Juan puso punto final a la causa contra el padre Walter Bustos y dejó firme la condena a 10 años de prisión efectiva por abuso sexual, cometido mediante el aprovechamiento de la inexperiencia y/o inmadurez sexual de la víctima y agravado por su condición de ministro de culto. La decisión se tomó tras rechazar una queja presentada por la defensa del sacerdote, lo que clausuró definitivamente la vía recursiva en el ámbito provincial.

Con este fallo, el máximo tribunal sanjuanino confirmó la sentencia dictada en octubre de 2024 por el Tribunal de Impugnación y ratificada en abril de 2025 por un tribunal revisor. El único camino que le queda ahora a Bustos es intentar que el caso sea analizado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, una instancia que rara vez admite revisar causas cuando los planteos ya fueron rechazados en tribunales inferiores.

La resolución de la Corte fue firmada a fines de diciembre, pero recién tomó estado público este martes, cuando las partes fueron notificadas. Uno de los aspectos centrales del fallo es que el rechazo se apoyó en errores formales cometidos por la defensa del religioso.

En primer lugar, los jueces advirtieron que los abogados de Bustos no acompañaron una copia del recurso de casación que había sido rechazado previamente, un requisito indispensable para que la Corte pudiera analizar el planteo. “La ausencia de copia del recurso de casación, imprescindible para un correcto tratamiento de la pretensión, veda la posibilidad de que el tribunal pueda corroborar la magnitud del planteo”, señalaron los magistrados, al remarcar que se trataba de un obstáculo insalvable para revisar la queja.

Si bien la Corte solicitó esa documentación a distintas oficinas judiciales para no incurrir en un “excesivo rigor formal” ni cercenar el derecho al recurso, ese incumplimiento fue uno de los fundamentos centrales para rechazar la presentación.

Además, el tribunal advirtió un segundo error clave: la defensa cuestionó una sentencia que no era la que debía ser impugnada. Según explicaron los jueces Juan José Victoria, Guillermo De Sanctis y Marcelo Lima, los abogados dirigieron sus argumentos contra el fallo del Tribunal de Impugnación del 8 de octubre de 2024 y no contra la resolución del tribunal revisor del 28 de abril de 2025. Esa confusión quedó en evidencia, incluso, al mencionar votos en disidencia y jueces que no integraron el último tribunal que confirmó la condena.

Con estos fundamentos, la Corte de Justicia rechazó la queja, dio por cerrado el proceso en la provincia y dejó firme la condena a 10 años de prisión, que deberá unificarse con otra pena previa. A mediados de 2024, el mismo tribunal ya había condenado a Bustos a 3 años de prisión por otro hecho de abuso sexual agravado por su condición de ministro de culto.

Una causa con idas y vueltas judiciales
La segunda causa contra el sacerdote tuvo un derrotero judicial inusual. A comienzos de 2024, tras un extenso juicio, un tribunal lo absolvió por el beneficio de la duda, en un fallo dividido. Los jueces Federico Rodríguez y Celia Maldonado de Álvarez votaron por la absolución, mientras que Carolina Parra se pronunció en contra.

Ese fallo fue revisado por el Tribunal de Impugnación integrado por Silvia Rosso de Balanza, Benedicto Correa y Martín Heredia Zaldo, que revocó la absolución y condenó a Bustos a 10 años de prisión por dos hechos de abuso sexual contra un adolescente de 15 años, ocurridos en 2017 en Valle Fértil, en la casa parroquial.

Ante la existencia de un fallo absolutorio y otro condenatorio, la defensa solicitó una revisión horizontal. Ese análisis estuvo a cargo de los jueces Maximiliano Blejman, Ana Lía Larrea y Renato Roca, quienes el 28 de abril de 2025 confirmaron la condena. Luego de ello, la defensa intentó llegar a la Corte de Justicia mediante un recurso de casación, que fue rechazado, y posteriormente presentó la queja que ahora fue desestimada.

Al formular ese último planteo, los abogados Joaquín Moine Galdeano y Agustín Gallastegui Fábregas dejaron expresamente planteada la reserva federal, con el objetivo de recurrir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

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