Juicio por YPF: la Cámara de Apelaciones de Nueva York rechazó el pedido de una ONG y ratificó que el fallo se tratará en octubre
El tribunal de alzada desestimó el pedido de la ONG Republican Action for Argentina (RA4ARG). De esta forma, confirmó que la audiencia de apelación será después de las elecciones legislativas.

La audiencia de apelación será la semana del 27 de octubre.
Apoyo a la investigación por corrupción
En su escrito, el Estado argentino había pedido que la apelación de RA4ARG se tramite por separado de su propia apelación contra el fallo de Preska. Argumentó que ambos reclamos abordan cuestiones legales diferentes: mientras el Gobierno discute el fondo del caso, RA4ARG insiste en que se le niega indebidamente el derecho a intervenir como tercero interesado.
Pero lo más llamativo del texto fue el pronunciamiento explícito del Gobierno nacional sobre las denuncias de corrupción vinculadas a la compra de acciones de YPF por parte del Grupo Eskenazi durante los gobiernos kirchneristas. El escrito afirma que la Argentina “toma con seriedad todas las denuncias de corrupción” y se mostró “abierta a colaborar con una investigación del Departamento de Justicia de los Estados Unidos” sobre ese punto.
El ingreso de los Eskenazi a YPF fue objeto de múltiples controversias y, según la presentación oficial, si se llegara a confirmar que los empresarios ocultaron pruebas o brindaron testimonio falso durante el proceso judicial, la Argentina podría iniciar acciones para anular la sentencia de Preska.
Las sospechas sobre el rol del Grupo Eskenazi en la operación de ingreso a YPF ya aparecen mencionadas en otras causas judiciales relevantes en la Argentina, como en el expediente “Vialidad”, en el que fue condenada la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner. La posible conexión entre los hechos investigados en los tribunales argentinos y el caso que tramita en Estados Unidos podría tener impacto en el desenlace del millonario litigio.
Por lo pronto, la ONG RA4ARG tiene ahora un plazo de 21 días para responder a los argumentos esgrimidos tanto por la Argentina como por el fondo demandante.
Fuente: ÀMBITO
Por: G. Herrera
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