La CGT manifestó su «absoluto rechazo» a la desregulación del transporte automotor
En un comunicado, manifestó que el Gobierno habilita una "práctica peligrosamente irregular". Esta semana se oficializó la medida a través de un decreto.
Rechazo de la CGT a la desregulación del transporte
Al respecto, la CGT manifestó su solidaridad con la Federación de Peones de Taxis y consideró que la iniciativa habilita «una práctica peligrosamente irregular, autorizando la circulación de vehículos sin controles ni seguros, conducidos por choferes sin capacitación, poniendo en alto riesgo y seguridad a las y los potenciales usuarios».
«Bajo un falso argumento de mayor libertad, lo que se busca es profundizar el modelo de empleo precarizado, sin derechos laborales, bajo la consigna del emprendedurismo y sin responsabilidad social empresarial», sostiene el comunicado.
A la par, asegura que la CGT rechazará esta y cada una de las medidas que busquen «bajo la máscara de la búsqueda de la libertad, degradar no solo derechos de las trabajadoras y trabajadores, sino también de las y los usuarios del sistema».
Desregulación del transporte automotor
Tal como se anticipó, el Gobierno reglamentó la desregulación del transporte automotor de pasajeros, mediante la Resolución 57/2024 de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, la cual fue publicada en el Boletín Oficial este martes.
La norma lleva la firma del secretario de Transporte, Franco Mogetta. En el artículo 1 de la norma, expresa: «Apruébanse las NORMAS REGLAMENTARIAS PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS DE JURISDICCIÓN NACIONAL DE CARÁCTER URBANO, SUBURBANO E INTERJURISDICCIONAL que como anexo (IF-2024-134142737-APN-SSTAU#MEC) forma parte integrante de la presente resolución».
En tanto, en el artículo 2 detalla: «Unifícanse el ´REGISTRO NACIONAL DEL TRANSPORTE INTERJURISDICCIONAL DE PASAJEROS POR AUTOMOTOR´ y el “REGISTRO NACIONAL DEL TRANSPORTE DE PASAJEROS POR AUTOMOTOR DE CARÁCTER URBANO Y SUBURBANO” en el “REGISTRO NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS”, de conformidad con lo establecido por el decreto 883 del 4 de octubre de 2024».
«Autorízanse a los transportistas inscriptos en el “REGISTRO NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS” a efectuar servicios ocasionales en circuito cerrado de carácter internacional, de conformidad con la normativa específica establecida para esta categoría de servicios», indica en el artículo 4.
Fuente: ÁMBITO
Por: Graciela Herrera
Los comentarios están cerrados.