El gobierno de Javier Milei bajó la tasa del registro de la propiedad inmueble

El Gobierno redujo la tasa en beneficio del usuario e instruyó al Ministerio de Justicia a readecuar y simplificar el sistema de contribuciones especiales.

A través del Decreto 902/2024publicado en Boletín Oficial, el Gobierno bajó la tasa del registro a la propiedad inmueble de la Capital Federal. Antes, se disponía que toda inscripción, anotación, preanotación o reinscripción que no estuviera gravada abonaría una tasa especial del 2%del monto de la operación contenida en cada documento que se pretendía registrar. Ahora esa tasa descendió al 1%.

Asimismo, el comunicado aclaró que cuando el documento presentado no estableciera monto de la operación, la tasa se calculará sobre la valuación fiscal del o de los inmuebles comprendidos, vigente al momento de solicitar la registración.

Al mismo tiempo, se establece que, cuando se trate de la compra de inmuebles con destino a vivienda propia, mediante planes oficiales de vivienda, se reducirá al 0,5% la tasa general.El extremo legal será acreditado mediante declaración jurada del interesado, efectuada bajo su responsabilidad civil y/o penal, formulada en el documento respectivo.

Esta medida entrará en vigencia a los 15 días de su publicación en Boletín Oficial, es decir, el 29 de octubre. Se instruyó al Ministerio de Justiciapara readecuar y simplificar el sistema de contribuciones especiales establecido en la Ley N° 17.050, en beneficio al usuario.

Mercado Inmobiliario: otro beneficio que se implementó con la ley Bases

Con la promulgación de la Ley Bases y el paquete fiscalquedó eliminado el Impuesto a la Transferencia de Inmuebles,que establecía un gravamen del 1,5% para el traspaso de las propiedades.

La Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos y el paquete de medidas fiscales publicadas en el Boletín oficial por el presidente Javier Milei declara la emergencia pública en materia administrativa, económica, financiera y energética por un año.

La eliminación del ITI para las Personas Humanas, sucesiones Indivisas y las personas que hacen operaciones inmobiliarias en forma individual rige para las adquisiciones efectuadas antes del 1/1/2018, mientras que las propiedades adquiridos antes de esa fecha no pagarán ningún impuesto al momento de ser vendidos.

Fuente: Ámbito

Rivero. C

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