Menos cepo: quiénes podrán volver a comprar dólar MEP y contado con liqui
El BCRA eliminó las restricciones que pesaban sobre personas humanas a la hora de realizar operaciones con bonos para comprar dólares.
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) decidió este martes una flexibilización del cepo cambiario a través de diferentes medidas. Una de ellas es la eliminación de las restricciones para realizar operaciones con bonos para comprar dólar MEP y contado con liquidación (CCL) que pesaban sobre quienes habían recibido algún tipo de ayuda social durante la pandemia o percibían subsidios del Estado en sus tarifas de energía.
“Con esta medida, quedarán habilitados para suscribir créditos hipotecarios en pesos y acceder al dólar MEP para concretar sus operaciones inmobiliarias todas aquellas personas que estaban incluidas en esa categoría”, indicó el BCRA a través de un comunicado en el que dio un nuevo paso en la “Fase 2″ del programa económico oficial.
El dólar MEP, también conocido como “dólar Bolsa”, constituye una forma legal de adquirir moneda extranjera en Argentina, realizada a través del mercado de capitales. El proceso, implica la compra de bonos públicos en la plaza local (con pesos) y su posterior venta en dólares, generando un tipo de cambio implícito que se conoce como dólar MEP. Además, existe el dólar CCL, o “cable”, que permite realizar la misma operación pero para llevar esas divisas a una cuenta en el exterior.
El listado de personas que estaban restringidas en el acceso a los dólares financieros y que desde ahora tendrán habilitada esa opción son:
- Los beneficiarios de refinanciaciones de saldos de tarjeta de crédito durante la pandemia.
- Los beneficiarios de “Créditos a Tasa Cero”, “Créditos a Tasa Cero 2021″, “Créditos a Tasa Cero Cultura” o “Créditos a Tasa Subsidiada para Empresas”;
- Los beneficiarios de programas de asistencia a Pymes para el pago de sueldos.
- Los beneficiarios del congelamiento de las cuotas de créditos hipotecarios durante la pandemia.
- Diputados y senadores nacionales, que habían quedado vedados tras una decisión conjunta de ambas cámaras en octubre de 2020.
- Las personas usuarias de servicios públicos que sean beneficiarias del subsidio en las tarifas de suministro de gas natural por red y/o energía eléctrica, ya sea que lo hubieran obtenido por solicitarlo o de manera automática, y/o del subsidio en las tarifas de agua potable.
- Las personas humanas que sean beneficiarias del “Plan de pago de deuda previsional” previsto en la Ley Nº 27.705 u otro plan de regularización de deuda previsional hasta tanto no hayan cancelado la deuda;
- Las personas humanas que sean beneficiarias de los “Créditos Anses”.
- Créditos para trabajadores registrados en el SIPA, según el decreto de septiembre de 2023.
- Otras medidas sobre el cepo cambiario
Por otra parte, el directorio decidió también ampliar el monto exceptuado de liquidación de las exportaciones de servicios de las personas humanas residentes. Esto será un beneficio para quienes venden sus servicios basados en el conocimiento a empresas en el exterior. “La adecuación permite ahora cobrar hasta USD 24.000 por año calendario en sus cuentas locales en dólares, sin obligación de liquidarlos en el MLC. La norma anteriormente permitía sólo USD 12.000″, detallaron.
El directorio del Central decidió además acortar los plazos para las empresas que accedan al Mercado Libre de Cambios (MLC) para pagar importaciones, subir el monto que los exportadores de servicios no están obligados a liquidar en el MLC, además del permiso para el acceso a los dólares paralelos a personas que habían recibido alguna ayuda por parte del Estado durante la pandemia o que se benefician con subsidios a los consumos de servicios públicos.
“La calendarización del pago de importaciones implementada a partir de diciembre de 2023 posibilitó la acumulación de reservas internacionales en forma acelerada generando un stock de deuda comercial. En respuesta a los mejores resultados de lo previsto en el desarrollo del programa, el BCRA avanza en la normalización del comercio exterior, permitiendo la reducción de las deudas contraídas”, mencionó el BCRA.
Más de la mitad de las importaciones se paga con un esquema de cuatro cuotas (30, 60, 90 y 120 días desde su ingreso aduanero), pero desde ahora pasará a ser de dos cuotas. “A partir del 1º de agosto, estos bienes tendrán acceso al MLC para pagarse en dos cuotas, una a partir de los 30 días y la segunda a partir de los 60 días de su ingreso aduanero, por el 50% cada una. Este grupo representa más de la mitad del total de las importaciones”, planteó el Central.
“Los bienes suntuarios y los autos terminados se abonan a partir de los 120 días del registro aduanero. El Directorio decidió hoy que, a partir del 1° de agosto, estos bienes tendrán un plazo de acceso al MLC a partir de los 90 días desde el registro de su ingreso aduanero”, mencionó el Central.
“Esta medida tiene un doble efecto positivo: contribuye en la reactivación de la economía porque les permite a las empresas que importan afrontar menos carga financiera; reduce el traslado a precios del mayor costo asociado a la calendarización vigente, que obligaba a aquellas empresas que no obtenían financiamiento comercial de sus proveedores a pagarles a través del mercado de cambios paralelo”, aseguró la autoridad monetaria.
Fuente; Diario de Cuyo
Rivero. C
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